Estatut.- La Generalitat distribuirá los fondos del Estado a los ayuntamientos con criterios "singulares"

Actualizado: martes, 24 enero 2006 21:26

La ley catalana de Haciendas Locales requerirá una mayoría de dos tercios del Parlament

MADRID/BARCELONA, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

El pacto PSOE-CiU en materia de financiación recoge en gran parte el texto aprobado por el Parlament de Cataluña aunque se introducen matices especialmente en el artículo 223 sobre la suficiencia de recursos y la intervención de la Generalitat en la distribución de los fondos del Estado destinados a los ayuntamiento, según se recoge en el texto pactado al que tuvo acceso Europa Press.

Se establecen como principios rectores la "suficiencia de recursos, la equidad, autonomía y responsabilidad fiscal", por cuyo cumplimiento velará la Generalitat.

En este sentido el citado artículo en su apartado 2 señala que los ingresos de los gobiernos locales consistentes en participaciones en tributos y en subvenciones estatales "son percibidos por medio de la Generalitat, que los debe distribuir de acuerdo con los dispuesto en la Ley de Haciendas Locales de Cataluña" y respetando "los criterios establecidos por la legislación del Estado en la materia".

Como novedad, el artículo introduce que la ley catalana "requerirá una mayoría de tres quintos" para su aprobación y se aclara que en el caso de las subvenciones incondicionadas, estos criterios deberán permitir que el Parlament de Cataluña "pueda incidir en la distribución de los recursos con el fin de atender a la singularidad del sistema institucional de Cataluña".

En cualquier caso, según el artículo 223.5, la distribución de estos recursos "no puede comportar en ningún caso una minoración de los recursos obtenidos por cada uno de estos, según los criterios utilizados en el ejercicio anterior a la entrada en vigor del nuevo Estatut". No obstante, en el artículo 224 se señala que la citada ley catalana debe someterse a consideración del Consejo de Gobiernos Locales.

CONSORCIO PARA EL CATASTRO.

Por otra parte, el pacto modifica el artículo referente al catastro --el 225-- y la Generalitat pasará de tener la competencia en ordenación y gestión del catastro a "colaborar" con el Gobierno central para asegurarse una participación en las decisiones y el intercambio de información.

Así, se establecerán "formas de gestión consorciada del catastro entre Estado, Generalitat y municipios, de acuerdo con lo que disponga la normativa del Estado y de manera tal que se garantice la plena disponibilidad de las bases de datos para todas las administraciones y la unidad de información".

INVERSIONES CON UNA COMISIÓN ESTADO-GENERALITAT-AYUNTAMIENTOS.

La Disposición Adicional Sexta, que regula las inversiones en infraestructuras, establece que la inversión del Estado en esta materia, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del PIB de Cataluña con relación la PIB del Estado para un periodo de siete años. El Gobierno y CiU cifran entre 2.600 y 3.000 millones de euros la aportación extra que realizará la Administración central en inversiones en Cataluña durante este periodo.

"Dichas inversiones podrán también utilizarse para la liberación de peajes o construcción de autovías alternativas", prosigue. Para ello, señala la disposición, "se constituirá una comisión, integrada por las administraciones estatal, autonómica y local".