Estatut.- Gobierno y 'cuatripartito' acuerdan competencias en banca y seguros pero discrepan en cajas de ahorro

Actualizado: sábado, 14 enero 2006 13:53

Tras desbloquear la definición de competencias, los negociadores cerraron las concreciones recogidas una decena de artículos

MADRID, 14 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno y los partidos catalanes promotores del Estatut han ido alcanzando acuerdo en competencias concretas en algunos campos, entre ellos la banca y los seguros privados, pero mantienen distancias en otros como las cajas de ahorro, informaron a Europa Press distintas fuentes de la negociación.

Así, tras desbloquearse ayer la definición de las competencias compartidas, exclusivas y ejecutivas, los negociadores han ido los artículos que van desde el 115 hasta cerca del 140, alcanzando acuerdos en cerca de 10, aunque en algunos casos, de forma parcial o pendiente de algunos flecos.

Este es el caso del artículo 126 referido al "crédito, banca, seguros y mutualidades no integradas en el sistema de seguridad social", donde la Generalitat se atribuía competencias exclusivas sobre su estructura, organización y funcionamiento, así como competencia compartida sobre disciplina, inspección y sanción de estas entidades.

Aquí se ha llegado a un acuerdo entre el Gobierno, el tripartito y CiU para dar un nuevo redactado al artículo según el cual, la Generalitat tendría competencias exclusivas en estos asuntos, pero respetando el artículo 149.1.11 de la Constitución, en el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva de la ordenación del crédito, banca y seguros. Dicho artículo de la Carta Magna establece que el Estado tiene competencia exclusiva en: "sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de crédito, banca y seguros".

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS EN CAJAS CATALANAS

En lo que ambas partes no han llegado a un acuerdo es en el artículo 120, donde se establece como competencia exclusiva de la Generalitat la regulación de las Cajas de ahorro con domicilio en Cataluña.

En este punto hay una discrepancia fuerte, ya que el tripartito y CiU quieren que sean competencias exclusivas de la Generalitat la determinación de los órganos rectores de las cajas y de la forma en que los distintos intereses sociales deben estar representados; el estatuto jurídico de los miembros de los órganos rectores y de los demás cargos de las cajas; el régimen jurídico de la creación, la fusión, liquidación y registro; el ejercicio de las potestades administrativas con relación a las fundaciones que creen y la regulación de las agrupaciones de cajas con sede en Cataluña. Sin embargo, el Gobierno sólo está dispuesto a estudiar que sean competencias exclusivas algún aspecto de la organización.

Tripartito y CiU admiten que sea competencia compartida la supervisión del proceso de emisión y distribución de las cuotas participativas, que en el proyecto de estatuto figura como competencia exclusiva, pero esto, aunque tiene un principio de acuerdo no está cerrado.

COMPETENCIA COMPARTIDA EN INSPECCION DE CAJAS

En el resto de este punto referido a las cajas, se aceptan en buena medida las enmiendas del PSOE que, en lo relativo a la competencia compartida sobre disciplina, inspección y sanción se hace constar que las sanciones adicionales no podrán afectar a los aspectos relativos a la estabilidad financiera y a la solvencia de las cajas.

Se precisa también que la Generalitat colaborará en las actividades de inspección y sanción que el Ministerio de Economía y el Banco de España ejerzan sobre las cajas en Cataluña añadiendo que se hará "de acuerdo con lo prescrito en la Legislación estatal".

Así, el artículo 112, en el que se definen las competencias "ejecutivas", se pactó y queda redactado prácticamente como planteaban la enmienda del PSOE, quien proponía que corresponda a la Generalitat, en las materias en que el Estatuto le atribuye las funciones ejecutivas, la potestad reglamentaria, que comprende la aprobación de disposiciones para la ejecución de la normativa del Estado, así como la función ejecutiva que, en todo caso, incluye la potestad de organización de su propia administración y, en general, todas aquellas funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la Administración pública.

DUDAS SOBRE INVERSIONES TERRITORIALIZABLES: COMISION BILATERAL.

El artículo 113 no se discutió, es el referido a las competencias de la Generalitat y la normativa de la UE. En el caso del artículo relativo a la actividad de fomento, se da una nueva redacción y se añade un párrafo en el que se precisa que las inversiones sobre las que se tenga duda que sean territorializables, se discutan en la Comisión bilateral.

El 115, referido al alcance territorial y efectos de las competencias, quedó abierto, al igual que el 116, relativo a la agricultura, la ganadería y los aprovechamientos forestales, donde ha habido acuerdo en gran parte, pero quedan pendientes los aspectos de agroalimentarios, que tripartito y CiU consideran que deben ser competencia exclusiva y el Gobierno no está de acuerdo.

DISCREPANCIA EN HORARIOS COMERCIALES

El artículo 117, sobre el Agua y las Obras Hidráulicas también se cerró con un acuerdo, con modificaciones menores en el texto. El artículo 118, sobre asociaciones y fundaciones también está abierto por discrepancias sobre las fundaciones de fuera de Cataluña que actúan en esa región.

Los horarios comerciales es la principal discrepancia en el artículo 121 sobre Comercio y Ferias. Aquí, los partidos catalanes quieren la competencia exclusiva, mientras que el Gobierno quiere vincular los horarios a la unidad de mercado.

Las consultas populares, artículo 122, que atribuye esta potestad a la Generalitat, es otro en el que hay discrepancia, aunque en este punto, el PSOE ya ha anunciado que no cederá porque no va a modificar la Constitución al respecto.

El 123, sobre consumo está acordado, al igual que el 124, sobre cooperativas y Economía social. Se mantiene abierto el 125, relativo a las Corporaciones de Derecho Público y Profesiones Tituladas.

INVERSIONES EN CULTURA, DE ACUERDO CON LA GENERALITAT

La cultura, el 127, es otro de los aspectos que están abiertos, pero pendientes de una redacción nueva que el Gobierno y el PSOE quedaron en aportar. Según las fuentes de la reunión consultadas por Europa Press, la redacción nueva establecería que todas las inversiones en esta materia que se realicen en Cataluña tendrán que estar acordadas con la Generalitat.

El 128, referido a las denominaciones de origen también está abierto, mientras que los artículos 129 y 130, sobre Derecho Civil y Derecho Procesal, que hoy no se abordaron, habían quedado prácticamente cerrados en las reuniones bilaterales con los partidos, según las fuentes consultadas. Sin embargo, el capítulo de Educación está abierto por completo ya que hay fuertes discrepancias en este aspecto.