ETA.-TSJPV desestima el recurso del Estado contra el protocolo de UPV para los presos de ETA encarcelados en Francia

Actualizado: jueves, 18 enero 2007 18:59

El rector afirma que es "una suerte de reparación moral al prestigio de la institución académica y de su profesorado".

BILBAO, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado contra el Protocolo para la Atención de las Personas Internas en Centros Penitenciarios, aprobado de forma unánime por el Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco, por considerar que "se ajusta a la legalidad" y no transgrede la normativa estatal, según informó la UPV en un comunicado.

De esta manera, falla en favor de la Universidad Pública Vasca frente a la pretensión de la Abogacía del Estado que se opuso al protocolo que permitió la matriculación en el centro académico de 57 presos de ETA recluidos en cárceles francesas.

La universidad pública vasca recordó que la Abogacía del Estado inerpuso un recurso contencioso-administrativo contra la publicación en el boletín oficial correspondiente de dos normas aprobadas por la UPV: la Normativa de Gestión de Enseñanzas de Primer y Segundo Ciclos y el Protocolo de Atención a las Personas Internas en Centros Penitenciarios.

La UPV indicó que este protocolo, que fue aprobado por unanimidad en el Consejo de Gobierno universitario en octubre de 2004, regula la posibilidad de proporcionar docencia a las personas internas en centros penitenciarios, "en virtud de una minuciosa regulación de todos los aspectos concernientes al régimen académico y docente del alumnado preso, desde la matriculación o becas a las titulaciones que podrán cursar, los exámenes y su evaluación".

Esta normativa ha venido siendo utilizada por las distintas facultades y escuelas de la universidad para la impartición de docencia y la evaluación de internos en centros penitenciarios de fuera del Estado español, ya que dentro del mismo la Ley General Penitenciaria no permitía a la universidad vasca realizar esa actividad.

La UPV explicó que en la sentencia se concluye que la norma del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco no infringe la Ley General Penitenciaria, ni vulnera el derecho a la igualdad del resto de los alumnos, aspectos que habían sido esgrimidos en su recurso por el abogado del Estado.

Asimismo, la sentencia declara que la Ley General Penitenciaria española se guía por el principio de territorialidad, y que no resulta aplicable, en consecuencia, a los internos de centros penitenciarios de otros países, "reafirmando de ese modo el principio de autonomía universitaria".

RECTOR

Para el rector de la Universidad del País Vasco, Juan Ignacio Pérez, esta resolución judicial tiene "un enorme calado", ya que los tribunales "confirman que no cometimos ninguna ilegalidad aprobando el protocolo y que tampoco la cometemos proporcionando ahora docencia a los internos en centros de otros países".

En su opinión, "el verdadero sentido de la sentencia debe ir más allá del caso concreto, ya que este Rectorado ha sido perseguido de forma implacable por un aspecto tan puntual como este de su trabajo, y la propia universidad, a lo largo de muy distintos periodos de gobierno, ha sido criticada y desprestigiada por la misma razón y se han derramado toda clase de sospechas sobre la integridad profesional de muchos de nuestros docentes".

"Hace dos años demostramos, con datos objetivos que nadie quiso ni pudo rebatir, que cuando la UPV contaba con internos de centros del Estado español no hubo en sus evaluaciones académicas ningún trato de favor, pero ahora los mismos tribunales reconocen que ni siquiera en el plano administrativo nuestra reglamentación actual es criticable", destacó, para añadir que "todo ello supone, sin duda alguna, un motivo de satisfacción personal, pero también una suerte de reparación moral al prestigio de nuestra institución académica y de su profesorado".