El ex alcalde de Benalmádena (Málaga) es absuelto de prevaricación y coacciones por la orden de entrar en un solar

Actualizado: miércoles, 6 febrero 2008 19:50

MÁLAGA, 6 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga ha absuelto al ex alcalde de Benalmádena Enrique Bolín de un delito de prevaricación del que le acusaban el fiscal y la comunidad de propietarios de la urbanización Monte Alto primera fase por ordenar la entrada en un solar, según el colectivo, sabiendo que no era municipal. Además, le absuelve otro delito de acciones.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, considera probado que en 1987 la empresa propietaria de los terrenos segregó y cedió a dicha comunidad una parcela de unos 10.070 metros cuadrados, aunque la escritura no fue inscrita en el registro de la propiedad, pese a lo que los vecinos poseyeron el terreno, donde se instaló una valla y un candado.

En noviembre de 2002, la misma empresa otorgó escritura pública de cesión gratuita de la finca al Ayuntamiento, en cumplimiento de las obligaciones que le imponía el plan general, por lo que en diciembre de dicho año, los operarios del Consistorio "siguiendo las instrucciones del alcalde", entonces Enrique Bolín, fueron al lugar y fracturaron el candado y entraron a realizar tareas de limpieza.

Se considera probado que en la parcela no había cartel alguno con referencia a que la propiedad fuese de la comunidad Monte Alto, que en 2003 interpuso una demanda sobre el dominio de la finca, pidiendo la nulidad de cualquier cesión al Consistorio, que fue aceptada, aunque se encuentra pendiente de un recurso de casación.

Para la jueza, "no ha quedado acreditada" la existencia de un delito de prevaricación administrativa pues "no puede decirse que al ordenar la limpieza y entrada de los operarios municipales en dicho solar el alcalde obrara a sabiendas de la injusticia de la orden, pues la cesión por parte de la empresa "que figuraba como propietaria de la parcela" la cedió al Ayuntamiento.

"El alcalde entendió que tal parcela era de dominio municipal", indica la juzgadora, quien apunta que los testigos declararon en el juicio que "no existía en la parcela ningún cartel que indicase que era propiedad de la comunidad de propietarios". Además, añade que el hecho de que se encontrase vallada "no permite concluir sin más que la misma perteneciese a dicha comunidad y que el alcalde fuera consciente de ello".

Asimismo, lo absuelve de un delito de coacciones, del que le acusaba la acusación particular, por impedirle hacer uso del solar desde diciembre de 2002, al entender que existen "dudas acerca de la existencia u vigencia de una relación de hecho y derecho de denunciante y denunciado con la cosa".

La Fiscalía de Málaga solicitaba ocho años de inhabilitación para cargo público, mientras que la acusación particular elevó a nueve años la petición de inhabilitación y añadía dos años de prisión por las coacciones. La defensa, dirigida por el letrado Antonio Jurado, del despacho de García Alarcón, solicitó la libre absolución.

Bolín reconoció que dio la orden de entrar en una parcela para limpiarla y adecentarla "en el pleno convencimiento" de que el solar era municipal, ya que, según manifestó ante la juez, las resoluciones sobre la propiedad fueron posteriores, además de que el suelo "ya era municipal con anterioridad, puesto que era de cesión obligada" por parte de una promotora desde 1975.