Los ex-presidentes del Parlamento balear recibirán con carácter permanente el tratamiento de 'Molt Honorable'

Actualizado: martes, 20 mayo 2008 17:57

PALMA DE MALLORCA, 20 May. (EUROPA PRESS) -

El Parlamento de las Islas Baleares aprobó hoy por asentimiento de todos los grupos una Proposición de Ley, presentada por el PP, PSIB, Bloc, UM y Grupo Mixto, mediante la cual las personas que hayan ocupado la Presidencia del Parlamento balear tendrán derecho a recibir, con carácter permanente, el tratamiento de 'Molt Honorable Senyor o Senyora' y las atenciones honoríficas y protocolarias correspondientes, siempre que no hayan cesado por sentencia firme de los tribunales que los inhabiliten para ejercer el cargo de diputado.

Asimismo, esta normativa establece que en las actividades parlamentarias, prevalecerá el tratamiento que corresponda al cargo que, en el momento de celebrarse, ostenten las personas que hayan ocupado la Presidencia de la Cámara Autonómica desde que esta institución celebró su sesión constitutiva el 31 de mayo de 1983.

Así, esta iniciativa afectará a Antoni Cirerol (Primera Legislatura), Jeroni Albertí (Segunda), Cristòfol Soler (Tercera y Cuarta), Joan Huguet (Cuarta), Antoni Diéguez (Quinta), Maximilià Morales (Quinta), Pere Rotger (Sexta) y Maria Antònia Munar (Séptima), quienes han ostentado la Presidencia del Parlamento balear a lo largo de los últimos 25 años. Además, también se aplicará a los próximos presidentes de esta institución.

La Proposición de Ley consensuada por todas las formaciones políticas señala que esta iniciativa sólo pretende reconocer la tarea que han ido realizando los diferentes presidentes de la Cámara autonómica, después de que en 1983 se iniciara la autonomía política de Baleares, fundamentada en la Constitución Española de 1978 y en el Estatut de Autonomía publicado el 1 de marzo de 1983.

En este sentido, la exposición de motivos de la Ley contempla que este reconocimiento formal a los presidentes del Parlament "transcurre en paralelo al reconocimiento que la Disposición Adicional Primera de la Ley 4/2001 establece para los presidentes de la Comunidad Autónoma.

De esta forma, explica que este reconocimiento consiste en que los presidentes del Parlament, conserven su tratamiento protocolario y las atenciones honoríficas que les corresponden, una vez hayan abandonado su cargo.

Además, la Proposición de Ley cita como antecedentes el Estatuto de Autonomía de Baleares, el Reglamento del Parlamento balear, la Ley 4/2001 de 14 de marzo del Gobierno balear, los Decreto 189/1981 y 195/2003 de la Generalitat de Cataluña, la Ley 6/2002 de la Comunidad Valenciana, la Ley 12/2005 de Castilla y León, la Ley 2/2005 de Andalucía, la Ley 3/2007 de Extremadura y el Reglamento de las Distinciones y Condecoraciones del Parlamento de Galicia.

Por otra parte, la Cámara autonómica también aprobó con el asentimiento de todos los grupos el informe de la Comisión del Estatuto de los Diputados, que establece que ningún parlamentario está sujeto a ningún tipo de incompatibilidad para el ejercicio de su cargo.