Falange convoca para hoy en Treviño (Burgos) una manifestación autorizada por el TSJCyL

Actualizado: sábado, 28 febrero 2009 10:26

BURGOS, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Falange convoca para hoy a las 13.00 horas en el Condado de Treviño (Burgos) una manifestación con el lema 'Treviño por España' autorizada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) al estimar el recurso interpuesto por este partido político de extrema derecha contra la prohibición de la Subdelegación del Gobierno de Burgos.

La sentencia, recogida por Europa Press, contradice los tres principales motivos por los que se había prohibido la convocatoria por parte de la Subdelegación sobre la base de que la fecha coincide con la jornada de reflexión de las elecciones al Parlamento Vasco que se celebrarán mañana, por lo que al residir numerosas personas empadronadas en el País Vasco se produce esa incidencia en la jornada de reflexión por la ubicación geográfica del Condado. Igualmente se añadía como motivo de denegación la posibilidad de alteraciones de orden público por las reacciones que pudiera haber por parte de la izquierda abertzale.

En el texto, la Sala del TSJCyL señaló que la mera sospecha o posibilidad de que se produzca la perturbación de otros bienes o derechos "no justifica la medida prohibitiva del derecho fundamental", por lo que en el presente caso "el hecho de que la convocatoria de este partido político determine reacciones de otros grupos o partidos no puede conllevar la prohibición de su derecho a reunión y manifestación".

En este caso aboga por adoptar o incrementar las medidas a adoptar para salvaguardar la integridad de los manifestantes, así como de la población y de los lugares por donde discurra. Tampoco estima el argumento de que se trata de una localidad pequeña, sino que considera, al contrario, que el hecho de que se trate de un lugar de reducidas dimensiones facilitará la actuación de las Fuerzas de Orden Público para garantizar la seguridad de personas y bienes.

Pese a considerar que la ubicación geográfica de Treviño "puede ocasionar molestias o agravarlas", se insiste en que la autoridad gubernativa tiene potestad para arbitrar aquellas medidas que hagan compatible el ejercicio de la protesta, "pues así lo establece la sentencia del Tribunal Constitucional 66/1995 de 8 de mayo", que autoriza a las subdelegaciones a modificar la fecha, lugar, duración o itinerario para garantizar el correcto ejercicio de los derechos.

Con respecto a la coincidencia con la jornada de reflexión de las los comicios vascos, el TSJCyL recalca que en un territorio donde no se van a celebrar elección alguna "no se puede incidir en el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos".

El texto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo añade que el derecho de manifestación es "esencial" en una Constitución democrática y que su restricción "solo puede articularse en base a fundadas razones de alteración o peligro del orden, de las personas y de los bienes". De hecho, reprocha a la Subdelegación que interprete el derecho "de modo restrictivo, transformando en razones fundadas de alteración del orden público por los incidentes que habían ocurrido en la provincia de Vitoria en octubre de 2008 o por que toda convocatoria de este partido político implica reacciones de la izquierda abertzale".