'Farruquito' pagará 72.000 euros por el atropello de Olalla, el doble de lo acordado hasta ahora

Actualizado: lunes, 18 febrero 2008 19:49

SEVILLA, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha revocado la decisión del Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla de rebajar de 72.000 a 36.000 euros la multa a pagar el bailaor Juan Manuel Fernández Montoya 'Farruquito', condenado a tres años de prisión por el atropello mortal de Benjamín Olalla en septiembre de 2003.

Fuentes cercanas al caso explicaron a Europa Press que el artista, que ya lleva más de un año en la cárcel de Sevilla II, donde ingresó en la tarde del 16 de enero de 2007 de manera voluntaria, deberá abonar la multa impuesta originalmente en un período de dos años.

Así, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla anula la decisión del Penal 8, que rebajó la multa al bailaor porque el receso de su situación económica, y reafirma la multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros por el delito de omisión del socorro y otra multa también de 12 meses con la misma cuota por inducción de un delito de simulación de delito.

En este primer año de cumplimiento de, 'Farruquito' ha disfrutado de nueve días de permiso concedidos a propuesta del centro penitenciario. La primera salida de tres días la realizó durante el puente de 'Todos los Santos', mientras que en las fiestas navideñas estuvo seis días disfrutando de su familia fuera de las rejas de Sevilla II, según confirmaron a Europa Press fuentes judiciales.

'Farruquito' cumple condena bajo el segundo grado penitenciario que es el que se aplica a la mayoría de los presos y por el que tiene derecho a 36 días al año de permiso, 18 días en cada semestre, para salir de la prisión. La defensa del condenado aún no ha solicitado el tercer grado o régimen abierto, por el que sólo tendría que pernoctar en el centro penitenciario.

El bailaor fue condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, que impuso 'Farruquito' tres años de prisión por el atropello de Benjamín Olalla, que tuvo lugar el 30 de septiembre de 2003.

El fallo le impuso la pena de dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad del tráfico, así como a la privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores durante tres años y medio. Como indemnización estableció 102.483,55 euros para la viuda de la víctima, María Angeles Madero, y 8.275,30 para cada uno de los padres del fallecido.