El fiscal pide al TS confirmar la condena al alcalde de Pego (Alicante), la mayor a un político por delito ecológico

Actualizado: miércoles, 13 septiembre 2006 20:17

MADRID, 13 Sep. (EUROPA PRESS) -

El fiscal solicitó hoy a la Sala Penal del Tribunal Supremo que confirme la condena a seis años de cárcel impuesta al ex alcalde de Pego (Alicante) Carlos Pascual por la Audiencia alicantina por delito ecológico, la mayor pena impuesta en España a un responsable político por esta causa.

La Sala de lo Penal celebró hoy una vista para estudiar el recurso planteado por el ex alcalde contra la sentencia, en la que se condenaba también a seis años de prisión al ex teniente de alcalde de Pego, José Orihuel, por los daños producidos al marjal de Pego-Oliva, un humedal situado entre las provincias de Alicante y Valencia que fue declarado parque natural en 1994.

En la sesión de hoy, tanto el fiscal como el abogado de la Comunidad Valenciana solicitaron que el Supremo mantenga la condena al alcalde alicantino como autor e instigador de un grave atentado contra el medio ambiente que puso en peligro la existencia del Parque Natural de la Marjal de Pego-Oliva, y que afectó a unas 600 hectáreas del humedal.

Según la sentencia recurrida, el alcalde ordenó, para cultivar arroz, la quema de vegetación del parque y la rebaja del nivel de agua del humedal, y construyó caminos y diques que alteraron en un 50 por ciento la superficie del parque.

La Audiencia condenó al ex alcalde por estos hechos a tres años de prisión, y a otros tres, por atentar contra el director-conservador del humedal, quien trató de impedir los actos ordenados por el alcalde.

NO EXISTÍA UN PLAN DE RECURSOS NATURALES

Por el contrario, el abogado defensor pidió que se anule la condena, y argumentó que en los años en los que se produjeron los daños, entre 1996 y 1998, aún no existía un plan de ordenación de recursos naturales y no estaba prohibido el cultivo de arroz en el parque natural.

Ese mismo letrado aseguró que el Gobierno Valenciano incumplió la obligación legal de dotar al parque de un órgano consultivo colegiado, y sostuvo que la sentencia condenatoria admitía que la intención de los procesados no era dañar el parque, sino fomentar el cultivo de arroz. También recordó que el Tribunal Supremo está juzgando hechos acaecidos entre 1996 y 1998, por lo que en su opinión podría haberse producido una dilación indebida por parte de los tribunales.

Por su parte, los letrados del Ayuntamiento de Pego y de la Comunidad de Regantes de las Tierras Arrozales de la Villa de Pego también pidieron al Tribunal Supremo que absolviese la condena a éstos a pagar 1,2 millones de euros como responsables civiles subsidiarios, en caso de que los dos responsables del ayuntamiento no hagan frente a esa cantidad.

Ambos coincidieron en señalar que la sentencia no argumenta suficientemente la razón por la que condena a estos dos organismos como responsables civiles subsidiarios. Además, el abogado del Ayuntamiento afirmó también que el alcalde y el teniente de alcalde de Prego se "extralimitaron" en sus funciones, por lo que los delitos en los que incurrieron no son responsabilidad del ayuntamiento de la localidad alicantina.