Los fiscales de lo Penal del Supremo acuerdan seguir el criterio de la 'sentencia Parot' para casos similares

Actualizado: jueves, 23 marzo 2006 19:58

MADRID, 23 Mar. (EUROPA PRESS) -

Las dos secciones de lo Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo acordaron hoy seguir el criterio establecido en la sentencia del alto tribunal relativa al etarra Henri Parot, que determinó un nuevo criterio por el que la aplicación de los beneficios penitenciarios para todos los condenados por el Código Penal de 1973 se realizará sobre cada condena y no sobre la acumulación de las mismas.

En una reunión celebrada hoy para estudiar la 'sentencia Parot', a la que asistieron cerca de 30 fiscales del Supremo, se acordó que los representantes del Ministerio Público tendrán en cuenta este cambio jurisprudencial respecto a la forma de computar los beneficios penitenciarios previstos en aquel texto legal ya derogado. Los informes del fiscal ante el Tribunal Supremo se ceñirán a este criterio en los próximos casos similares que lleguen a la Sala de lo Penal del alto tribunal.

El pasado 20 de febrero, el Pleno de la Sala Penal del Supremo estimó, por 12 votos a 3, el recurso interpuesto por Parot contra la decisión de la Audiencia Nacional de acumular todas las condenas impuestas al terrorista en dos penas de 30 años de prisión. No obstante, estableció una nueva línea jurisprudencial con el fin de que Parot cumpla 30 años de prisión efectiva.

Así, se decidió aplicar las redenciones ordinarias y extraordinarias sobre cada condena de forma individualizada, de modo que el etarra, que ingresó en prisión en 1990, saldrá de la cárcel en 2020 y no en 2011, como estaba previsto. Los beneficios se aplicarán sobre las condenas individuales impuestas, que en total suman 4.799 años, y no sobre el límite de cumplimiento de 30 años establecido en el Código penal de 1973, tal y como se hacía hasta esa sentencia.

"El referido penado cumplirá sucesivamente sus responsabilidades penales con la expresada limitación, de modo que extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente, y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad. De modo que si el penado ingresó en prisión en 1990, finalizará el 'máximum' de cumplimiento en el año 2020", indicaba la resolución de la Sala.