MADRID, 18 Sep. (EUROPA PRESS) - La Fiscalía del Tribunal Supremo ha defendido este miércoles la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a ocho jóvenes de Alsasua (Navarra) a penas de entre 2 y 13 años de cárcel por la agresión a dos guardias civiles y sus novias en la madrugada del 15 de octubre de 2016 ya que considera que fueron atacados por ser miembros de una institución "fiel al Rey y al pueblo español". Así lo ha dicho el fiscal Álvaro Redondo en la vista pública celebrada en el alt en la que se han estudiado los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Nacional por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas. No se les condenó por delitos de terrorismo. El Ministerio Público no ha presentado ningún recurso contra la resolución dictada por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, sino que tan sólo impugna los recursos presentados por las defensas, por lo que ha reclamado que se confirme la sentencia de apelación dictada en su día por la Audiencia Nacional. En este sentido, el representante del Ministerio Público ha rechazado los argumentos esgrimidos por los abogados de los ocho condenados contra la aplicación de la agravante ideológica por delito de atentado: "¿No puede haber una razón ideológica para atacar a la Guardia Civil?, ¿Cómo qué no? Claro que sí", ha enfatizado el fiscal. Asimismo, el fiscal Redondo ha continuado su intervención asegurando que el Instituto Armado "no es una asociación de amigos que se reúne para comer un asado", sino una "institución del Estado que asume los valores constitucionales y es fiel a España, al Rey y al pueblo español". Por todo ello, considera que es un "hecho probado" que la agresión se produjo por su condición de guardias civiles, argumento con el que ha coincidido la acusación popular ejercida por la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), que ha señalado que dicho "amor a España" es precisamente la "ideología" del Instituto Armado. La sentencia que se recurrió ante el alto tribunal es la dictada por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, que únicamente modificó la dictada por la Sala de lo Penal en el caso de uno de los condenados, Iñaki Abad, quien fue penado en primera instancia con 10 años de prisión que le fueron rebajados a 6 al apreciarse los dos únicos delitos de lesiones que le atribuían las acusaciones y no los cuatro por los que fue condenado inicialmente. En el resto de los casos, la Sala de Apelación confirmó la sentencia inicial que impuso 13 años de cárcel para Ohian Arnanz, 12 para Jokin Unamuno y Adur Ramírez, 9 años en el caso de Jon Ander Cob, Julen Goicoechea y Ararz Urriola, y 2 años para Ainara Urquijo, la única condenada que no ha llegado a ingresar en prisión. Así, la defensa de Jokin Unamuno y Ainara Urquijo, la abogada Amaia Izco, ha denunciado el quebrantamiento de las garantías constitucionales y del derecho a un juez imparcial -por la participación de Espejel-; así como el hecho de que la única prueba de cargo haya pivotado sobre las declaraciones de los perjudicados, lo que supone una grave vulneración de la presunción de inocencia. Ha cuestionado igualmente que el relato de hechos probados describiera una brutal agresión que debiera haber tenido otro tipo de consecuencias, dado que la lesión más grave según los partes médicos fue la rotura de un tobillo. El abogado de Arazt Urriola, el letrado Javier Montero ha sacado a colación las irregularidades contatadas a su juicio tanto en los reconocimientos fotográficos como en las ruedas de reconocimiento, donde se confrontó a los hoy condenados con personas de características fisiológicas e incluso razas diferentes. "Se confrontó a mis representados con sudamericanos, multatos y árabes, ese reconocimiento fue un escándalo", ha llegado a afirmar Galán en otro momento de la vista. Por su parte, el abogado de Julen Goicoechea, Manuel Ollé, ha destacado durante su intervención que desde el "minuto uno" se denegó a las defensas la actividad probatoria, ya que se rechazó a sus testigos y que con ello la Audiencia Nacional se apartó de los estándares de la doctrina tanto del Supremo como del Tribunal Constitucional. Ha recordado que uno de los testigos clave llegó a decir que en el banquillo "habían metido a gente que no tenía que estar". Las intervenciones más breves han sido las de la acusaciones ejercidas tanto por la AUGV, y las asociaciones de víctimas COVITE y AVT, que han coincidido con el fiscal en la petición de la confirmación de las condenas. La letrada de COVITE ha reprochado a las defensas que hayan reproducido ante el alto tribunal prácticamente sus mismos escritos de conclusiones provisionales en el juicio.