La Fiscalía del TS pide que se confirmen los seis años de cárcel a Munar

Maria Antònia Munar
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 23 enero 2014 17:49

PALMA DE MALLORCA, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

   La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado que se confirmen los seis años de cárcel que le fueron impuestos a la expresidenta del Parlamento y del Consell de Mallorca Maria Antònia Munar en el marco del caso Can Domenge, tras analizar el recurso de casación interpuesto por la exdirigente histórica de Unió Mallorquina (UM) contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Baleares el 23 de julio de 2013. Un día después, el tribunal decretaba el ingreso en prisión provisional de la exmandataria ante el elevado riesgo de que se fugase con los fondos públicos y comisiones que habría obtenido de forma irregular.

Mediante un escrito de 101 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público acepta tan sólo uno de los siete motivos alegados por Munar en contra de su condena, relativo a la indebida aplicación de la pena que le fue impuesta por un delito de prevaricación -diez años de inhabilitación-.

En concreto, la Audiencia sentenció a Munar a tres años de cárcel por un delito de fraude a la administración en concurso medial con el de prevaricación, y a tres años por otro de revelación de secretos. También fueron condenados el exvicepresidente del Consell Miquel Nadal (cuatro años de prisión), el exconsejero de Territorio Bartomeu Vicens (ocho meses), el de Hacienda Miquel Àngel Flaquer (un año), el máximo accionista de la empresa adjudicataria de los terrenos de Can Domenge, Román Sanahúja (un año) y el letrado externo de esta mercantil Santiago Fiol (un año y medio de prisión).

En su escrito, el fiscal Álvaro Redondo considera que no pueden prosperar los alegatos expuestos por Munar -excepto el alusivo a la prevaricación- en su recurso, en el que denunciaba, entre otros aspectos, la violación de la tutela judicial y del derecho a un proceso con garantías, a la defensa y por quebrantamiento de forma, además de ver lesionado su derecho a la presunción de inocencia.

Tal y como asevera el representante de la acusación pública, el tribunal que condenó a Munar contó con prueba más que suficiente y válida" en la que sustentar la pena impuesta, en una sentencia en la que acusaba a los procesados de beneficiar a la promotora Sacresa con la venta de los solares palmesanos por debajo de su valor real, en virtud de un "móvil económico" y conscientes de que se trataba de un negocio de "tan sabrosas perspectivas".

Y frente a esta trama fraudulenta, el fiscal, al igual que la Audiencia, sitúa a la expresidenta del Consell puesto que "no es razonable inferir que la acusada, desde su posición directiva y a partir del conocimiento que de lo actuado tenía sin sombra de duda, se produjera de modo ingenuo y ajeno a todo intento de alterar el procedimiento de enajenación, en claro perjuicio de la Administración afectada".

El Ministerio Público apunta asimismo a la declaración vertida por otros de los acusados, de la que se desprende "la clara imputación" a Munar de haber participado en un "'pactum scaeleris' para desarrollar el comportamiento ilícito". Es más, asevera de forma tajante que Munar "controlaba íntegramente la operación de enajenación", mientras que los demás acusados "actuaban a su iniciativa y bajo su supervisión", toda vez que éstos transmitieron información privilegiada a la mercantil favorecida a instancias de la acusada.

"La conducta de la recurrente es plenamente reconducible a la figura de la inducción al delito", recalca Redondo, quien subraya que la exlíder de UM "ejerció toda su gran influencia, derivada de su notable posición directiva en el ámbito de su actuación" en orden a decidir qué consejero debía efectuar qué trabajo e instándole a facilitar la información confidencia, al margen de que "naturalmente, éste estuviese plenamente dispuesto a realizar la torticera acción sugerida".

EL FISCAL: MUNAR CAUSÓ UN "GRAVE DAÑO A LA CAUSA PÚBLICA"

El fiscal culmina sus alegatos aseverando que la actuación de la procesada "causó a todas luces grave daño a la causa pública", a través de una operación llevada a cabo al margen del procedimiento de subasta, que "a todas luces era el procedente dadas las características de la operación". De hecho, apunta al "notable" valor económico de la finca y a la consecuente pérdida sustantiva de carácter patrimonial para las arcas públicas.

Finalmente, incide en que para favorecer a una mercantil que quiera hacerse con la propiedad de una finca "no es necesario que se le transmita información confidencial", sino que basta "con la mala fe y la torpeza de los autores para llevar a cabo adecuada y meticulosamente la maniobra delictiva, y ello con la mayor garantía de éxito".

No obstante, precisa que la modalidad elegida por los acusados, consistente en "hacer partícipe de sus torpes deliberaciones a los directivos de la mercantil favorecida, haciéndoles llegar información paulatina y periódica de sus inicuos pasos, constituye una interesante forma de delinquir"

La sentencia de la Audiencia ya aludía a los indicios que apuntan al "concierto fraudulento" al que llegaron los acusados para defraudar al Consell con la venta de Can Domenge, el bien inmueble "de mayor valor que tenía entonces la Institución", por treinta millones de euros, cuando varios peritajes elevan su precio por encima de esta cantidad. Según la resolución, para beneficiar a Sacresa y sin que su actuación "en modo alguno estuviese presidida por el interés general, sino por su deseo de controlar el proceso de enajenación".

"RESULTA IMPENSABLE UNA IMPRUDENCIA INUSITADA" EN LOS ACUSADOS

El tribunal llegaba a expresar su "convicción" de que, puesto que "resulta impensable que los acusados, unos abogados o licenciados en Derecho y un economista hubieran procedido con imprudencia inusitada", actuaron así porque la venta mediante concurso "les permitía controlar el proceso de enajenación y decidir a quién o a quiénes de los licitadores les convenía adjudicar el concurso, e igualmente favorecía la posibilidad de solicitar una compensación económica al ganador del concurso".

Se trata de una condena que se suma a la de cinco años y medio de prisión que pesa sobre Munar en el marco del caso Maquillaje, y que ya es firme. La exalto cargo está sumida en cerca de una decena de procesos judiciales, de las que se derivaría que se habría beneficiado ilícitamente, desviado fondos públicos y cobrado comisiones, dinero que "probablemente estaría oculto en el extranjero y podría utilizarlo para intentar fugarse", según alegaba la Audiencia cuando decretó prisión provisional para la acusada.