La Generalitat debe pagar 3.000 euros a una paciente del Hospital Can Ruti que se tragó un esparadrapo tomando café

Actualizado: domingo, 28 enero 2007 14:21

BARCELONA, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 3.000 euros a una paciente del Hospital Germans Trias i Pujol de Badalona (Barcelona), conocido como Can Ruti, que sufrió vómitos y malestar psíquico después de tragarse un esparadrapo tomando un café con leche mientras permanecía ingresada.

El Alto Tribunal catalán ha estimado parcialmente el recurso presentado por la afectada, Mónica A.R., que reclamó 36.438 euros por los perjuicios que le provocó el incidente. La mujer afirma que padece estrés postraumático crónico debido a la ingestión del esparadrapo, que se produjo el 7 de agosto de 2002.

Pese a que el ICS, órgano dependiente de la Generalitat, asegura que no existe una relación de causalidad entre el incidente y el servicio público que se le prestó a la paciente, el TSJC "no tiene duda" de que "la ingestión del esparadrapo provocó vómitos y malestar psíquico a la demandante".

No obstante, el Alto Tribunal catalán no acepta "la relación posterior que esa ingestión provocó en el ánimo" de la mujer, ya que "tales hechos quedaron consumados en el momento de producirse el daño, sin que sea admisible que continuaron produciéndose perjuicios o afectaciones tan graves en su estado anímico, ni mucho menos que continúe tiempo después el denominado estrés postraumático, nada menos que crónico".

Por todo ello, el TSJC ha decidido finalmente que la indemnización que Mónica A.R. debe recibir sea de 3.000 euros, cantidad de la que debe responder el ICS con los intereses legales correspondientes desde que la afectada interpuso la reclamación.