La Generalitat debe pagar 77.000 euros a una paciente que perdió la matriz por una negligencia médica

Actualizado: domingo, 25 febrero 2007 14:37

BARCELONA, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Servei Català de la Salut (SCS) a indemnizar a una paciente con 77.024,92 euros después de que le fuera aplicada una cantidad excesiva de energía en el endometrio durante una intervención y, como consecuencia, sufriera quemaduras que le provocaron una perforación del colon, así como la pérdida de la matriz.

Los hechos sucedieron en enero de 1998, cuando la afectada, Marta A.B., acudió al Hospital de Sant Joan de Déu, en Esplugues de Llobregat (Barcelona), para ser sometida a una operación ambulatoria de carácter ginecológico en la que hubo una incidencia que obligó a la paciente a pasar por una segunda intervención, según explica la sentencia del Alto Tribunal catalán.

En el marco de la primera intervención se le practicó a la paciente una ablación endometrial para la destrucción de parte del endometrio, a través de un generador de radiofrecuencia que se gradúa para provocar una quemadura de las medidas estipuladas.

Pese a que las complicaciones de esta técnica son poco frecuentes y habitualmente leves, en el caso de Marta A.B. "se produjo una lesión de toda la pared uterina con perforación y lesión del colon, lo que sugiere que se aplicó una cantidad de energía notablemente superior a la necesaria", según detalla el informe pericial recogido en la sentencia.

El doctor que elaboró el informe señaló que, a la luz de las lesiones que padeció la afectada, puede deducirse que se aplicó una cantidad de energía "notablemente superior a la necesaria", aunque no se puede determinar si la complicación fue debida a la "mala praxis" del facultativo o a algún problema técnico.

Asimismo, el perito reconoció que la perforación del colón era una complicación "excepcional" en intervenciones como la que se realizó en un primer momento a la afectada y, por ello, determinó que muy probablemente se derivó de "un error, ya sea técnico o humano".

REQUIRIÓ UNA TERCERA OPERACIÓN.

Tras este episodio y tres días después de recibir el alta, la afectada tuvo que ingresar de nuevo con carácter de urgencia aquejada de "un dolor abdominal intenso" y, atendida por el mismo doctor, fue intervenida de una perforación uterina, por lo que le tuvieron que extirpar el apéndice y alterarle el tránsito intestinal.

Después de la tercera operación, la paciente fue dada de alta con ano contranatura --prótesis en forma de bolsa para defecar-- y dieta especial. Meses después, tuvo que volver a ser intervenida para realizar el cierre del ano contranatura, sin complicaciones en el postoperatorio.

Además de las secuelas ya mencionadas, a raíz de estas complicaciones, la paciente sufrió también un perjuicio estético "considerable", un síndrome depresivo post-quirúrgico y disfunciones sexuales que requirieron psicoterapia y tratamiento farmacológico, tal y como consta en la sentencia.

Por todo ello, el TSJC sostiene que hubo un funcionamiento "incorrecto" del servicio sanitario, que fue la causa de las lesiones sufridas por la paciente, y ha condenado al Servei Català de Salut, órgano dependiente de la Generalitat, a indemnizar a Marta A.B. con 77.024,92 euros por las lesiones y secuelas padecidas.