El Gobierno replica a la Xunta que el Constitucional le legitima para conceder subvenciones sociales a través del IRPF

Actualizado: viernes, 13 julio 2007 19:40

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 13 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno central respondió a la Xunta que está legitimado por el Tribunal Constitucional y, por lo tanto es competente, para conceder subvenciones sociales con cargo al IRPF, a pesar de que la asistencia social, materia para la que se convocan las ayudas, es competencia exclusiva de Galicia.

El Consejo de Ministros aprobó hoy un acuerdo para replicar al requerimiento de incompetencia formulado por el Consello de la Xunta de Galicia, en relación a la Orden del Ministerio de Trabajo de 18 de abril de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

El Ejecutivo central explicó que se establecen concesiones para programas y voluntariado sociales en los campos de infancia y familia, jóvenes, mujeres, personas mayores, personas con discapacidad, drogodependientes, inmigrantes, reclusas, inclusión social y promoción del voluntariado; actuaciones que, tal como están concebidas en los programas de acción social que estipula dicha orden, tienen carácter supraautonómico.

La Xunta argumentó que la asistencia social, materia para la que se convoca la concesión de subvenciones, es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma y, por tanto, le corresponde a ésta la gestión de las ayudas. Sin embargo, el Gobierno central recordó que el Tribunal Constitucional admite la legitimidad de la intervención del Estado en el ámbito de la protección social en determinados casos.

Así, precisó que en su sentencia 146/1986, considera que las competencias exclusivas no pueden entenderse en un sentido estricto de exclusión de actuación en el campo de lo social respecto de aquellos problemas específicos que requieran, para su estudio y tratamiento, de un ámbito más amplio que el de la comunidad autónoma y que presupongan en su concepción, e incluso en su gestión, un ámbito supraautonómico, que puede corresponder al Estado.