Gürtel.- El PP intrepreta que la Audiencia Nacional sólo se ha pronunciado sobre la competencia pero no reabre la causa

Actualizado: jueves, 15 marzo 2012 20:55

MADRID, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -

El PP ha indicado este jueves a través de un portavoz que la decisión de la Audiencia Nacional respecto al extesorero nacional del PP y exsenador Luis Bárcenas, el exdiputado 'popular' Jesús Merino y el exconcejal de esta formación en Estepona (Málaga) Ricardo Galeote en el marco de la trama 'Gürtel' no representa "una reapertura del caso" sino que se trata de una simple decisión técnica sobre la competencia del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira para cerrar la causa cuando ya no tenía competencia para ello.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ha decidido este jueves anular la decisión del que fuera instructor de la causa sobre la trama 'Gürtel' en el TSJM de archivar la investigación respecto a estas tres personas. La anulación del sobreseimiento supone una reapertura de facto la investigación y será ahora el nuevo instructor Pablo Ruz quien decida si mantiene la imputación que pesa en su contra.

Sin embargo, el PP interpreta que el auto de la Sección Cuarta de la Sala no se refiere a una reapertura de la investigación ni aporta "nuevas pruebas" sino que se limita a señalar la falta de competencia de Pedreira, que decidió el pasado mes de septiembre cerrar la instrucción respecto a los tres cargos 'populares'.

El PP ha destacado, además, que Bárcenas, Merino y Galeote, que vuelven a estar ahora imputados por la comisión de delitos de fraude, cohecho y blanqueo de capitales, tienen "el derecho de volver a solicitar" al actual instructor, el juez Pablo Ruz, que se les desvincule de la causa.

La Sección Cuarta ha aceptado los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra la decisión de Pedreira de archivar el procedimiento, adoptada el pasado 1 de septiembre al considerar que no existían indicios de delito.

El auto de la Sección Cuarta establece que cuando el juez Pedreira decretó el archivo carecía de "competencia objetiva" para ello puesto que el TSJM ya había decidido inhibirse de la causa, que recayó finalmente en el Juzgado Central de Instrucción número 5.

En opinión de la Audiencia Nacional la decisión de Pedreira "sobrepasó" las previsiones que le obligaban a emprender únicamente "actuaciones de práctica imprescindible" y "no era ni urgente ni inaplazable".

Así, los magistrados entienden que el TSJM perdió la competencia objetiva sobre la causa o bien el 8 de junio, cuando la Sala de lo Civil y lo Penal del tribunal madrileño decidió inhibirse o el 20 de julio de 2011 cuando se rechazaron los recursos presentados contra la inhibición.

En ningún caso la fecha que fija la pérdida de competencia sería la del 3 de febrero de 2012 como defendía Pedreira cuando sobreseyó la causa respecto a los tres 'populares' por lo que el juez del TSJM tendría que haber cesado "toda actividad instructora en la causa", dice el auto.