Jarrai.- Ocho de los 23 condenados por el Supremo estuvieron en prisión preventiva por esta causa 4 años

Actualizado: viernes, 19 enero 2007 20:28

MADRID, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

Un total de ocho de los condenados hoy por el Tribunal Supremo a 6 años de prisión por integración en organización terrorista por su militancia en Jarrai, Hakai o Segi han cumplido ya aproximadamente cuatro años de prisión preventiva por esta causa con lo que únicamente les restan por cumplir dos. Once más permanecieron en prisión tres años, es decir, la mitad de la pena impuesta por el alto tribunal

Fuentes jurídicas indicaron a Europa Press que si recurren en amparo ante el Tribunal Constitucional, y su recurso es admitido a trámite, es posible que su ingreso en prisión sea paralizado, ya que ésta es la práctica habitual de este alto tribunal para las penas de prisión inferiores a 5 años.

Ocho de los condenados cumplieron cerca de cuatro años de prisión por esta causa, la mayoría de ellos entre los meses de marzo de 2001 y 2005. Este es el caso de Olatz Carro Boado, Olatz Dañobeitia, Garikoitz Echeberria, Ugaitz Elizarán Aguilar, Gartzen Garayo, Igor Ortega Sunsudegui y Garatzi Viteri Izaguirre. Por su parte, Amaia Arrieta ingresó en prisión el 8 de mayo y quedó en libertad provisional en abril de 2005.

Otros once de los condenados por el "caso Jarrai" cumplieron tres años en prisión preventiva. La mayoría permanecieron encarcelados desde marzo de 2002 hasta el mismo mes de 2005. En esta situación se encuentran Xabier Abasolo, Gorka Betolaza, Aiboa Casares Echebarria, Ainara Frade Bilbao, Iker Frade Bilbao, Xabier Gogenola y Unai González Azúa, Asier Iñigo Eguizurain, David Lizarralde Palacios y Asier Ochoa de Retana.

En prisión provisional durante poco más de un año permanecieron Igor Chillón Barbadillo (del 9 de marzo de 2001 al 15 mayo de 2002) e Ibón Meñica Orue-Echeberria (del 11 de marzo de 2001 al 15 de mayo de 2002). Jon Markel Ormazábal sólo permaneció encarcelado quince días en febrero de 2002 mientras que Arkaitz Rodríguez Torres y Aiora Epelde Aguirre se encontraban en libertad provisional por esta causa, ya que estaban encarcelados por su presunta vinculación con el aparato de captación de ETA.

FALLO DE LA AUDIENCIA

A pesar de que el fallo del Supremo ha impuesto una única pena de 6 años de cárcel para cada uno de los 23 condenados por un delito de integración en organización terrorista, la Audiencia Nacional distinguió entre los dirigentes o directores de una asociación ilícita, y miembros activos.

Los primeros fueron condenados a 3 años y medio de cárcel y los segundos a 2 años y medio. En el primer grupo se encuentran Olatz Dañobeitia, Olatz Carro, Ugaitz Elizaran, Ibon Meñica, Igor Ortega, Amaia Arrieta, Garatzi Viteri, Garikoitz Etxebarria, Aiboa Casares, Iker Frade, Unai González, Asier Iñigo, David Lizarralde, Asier Ochoa de Retana y Jon Markel Ormazábal. Como miembros activos fueron condenados: Aiora Epelde, Gartzen Garayo, Igor Chillón, Xabier Abasolo, Gorka Betolaza, Arkaitz Martínez de Albéniz, Ainara Frade y Xabier Gogenola.

La Audiencia Nacional también condenó a tres años y medio de cárcel a Egoitz López de la Calle, quien hoy fue absuelto por el Tribunal Supremo del delito de integración que pesaba contra él.