La JEC resuelve que Vox no puede vetar a periodistas en sus mítines

Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Iván Espinosa de los Monteros, Santiago Abascal, Javier Ortega Smith, Rocío Monasterio y Hermann Tertsch en el acto de Vox 'Vistalegre Plus Ultra' en Madrid
Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Iván Espinosa de los Monteros, Santiago Abascal, Javier Ortega Smith, Rocío Monasterio y Hermann Tertsch en el acto de Vox 'Vistalegre Plus Ultra' en Madrid - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

Actualizado: viernes, 8 noviembre 2019 20:56

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

La Junta Electoral Central (JEC) ha resuelto este viernes, a pocas horas del cierre de la campaña electoral para las elecciones del domingo, que Vox no puede vetar a los periodistas que quieran cubrir sus actos electorales públicos.

El organismo arbitral ha estimado así, durante la reunión que ha tenido en el Congreso, las quejas del Grupo Prisa, al que pertenecen El País y la Cadena Ser, por la negativa del partido que lidera Santiago Abascal a acreditar a periodistas de estas empresas para informar de sus mítines.

En su resolución, recogida por Europa Press, la JEC da la razón a los medios que denunciaron a Vox y comunica al partido que no puede "discriminar al medio solicitante, en relación con el resto de medios impidiéndole el acceso a sus actos de naturaleza electoral, dado que ello comporta una vulneración del artículo 66.2 de la Ley Electoral".

DA IGUAL DÓNDE SE CELEBREN

Este precepto obliga a los medios de comunicación privados a informar respetando los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad, un mandato que, recalca la JEC, "difícilmente" podrán cumplir "si las formaciones políticas contendientes en las elecciones pudiesen discriminar entre unos medios y otros a la hora de acceder a sus actos públicos de campaña, con independencia del lugar donde se desarrollen".

Además, el organismo arbitral alude al artículo 20 de la Constitución, subrayando que el derecho a comunicar y recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión "constituye uno de los pilares de la democracia".

Éste, abunda la resolución, está "constitucionalmente configurado como un derecho de toda la ciudadanía" que es a la vez "individual y colectivo" y que se vería "obstaculizado si las formaciones políticas pudieran arbitrariamente impedir a determinados medios el acceso a su actos electorales públicos".

Además, el organismo arbitral incide en que estos vetos provocarían a su vez un "menoscabo" a "las garantías de transparencia y objetividad del proceso electoral, cuya salvaguarda constituye la razón de ser de la Administración Electoral en su conjunto y, singularmente, de la JEC".

VOX NO EXPLICA SUS MOTIVOS

Por todo ello, tras dejar constancia de que Vox ha rehusado hacer alegaciones o explicar el motivo de su vetos, la JEC comunica al partido de Abascal que no puede discriminar "al medio solicitante en relación con el resto de medios, impidiéndole el acceso a sus actos públicos de naturaleza electoral".

Pese a esta advertencia, la JEC no impone sanción alguna al partido como había solicitado la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), que también había registrado una denuncia similar a la de Prisa.

Leer más acerca de: