De Juana.- Los jueces impusieron 211 días de redención de condena por estudios contra la opinión de la cárcel

Actualizado: domingo, 18 marzo 2007 14:24

La prisión de Algeciras se opuso a una redención de 80 días por la falta de laboriosidad y rendimiento del etarra matriculado en Derecho

MADRID, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

El etarra Ignacio de Juana Chaos consiguió en los últimos años varias redenciones extraordinarias de su condena por escribir libros o cursar estudios, después que diversas instancias judiciales, entre ellas la Sección 5 de la Audiencia Provincial de Madrid y el juez de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Madrid, José Luis Castro Antonio, instaran a las prisiones donde estaba ingresado a modificar su criterio inicial de no concederle esos beneficios.

Según la documentación a la que ha tenido acceso Europa Press, en 2001 los jueces le concedieron una redención extraordinaria de 211 días por estudios cursados entre los años 1987 y 1993, pese a diversos escritos en contra de Prisiones. Un caso similar se produjo en 2004, en el que el citado juez de Vigilancia aprobó una redención de 80 días por estudios de Derecho en el curso 1997/1998, que posteriormente fue desestimada por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.

La documentación a la que ha tenido acceso Europa Press pone de manifiesto las continuas quejas que el etarra De Juana Chaos trasladaba al Juez de Vigilancia Penitenciaria número 3 por la negativa de las prisiones donde estaba a aprobarle las redenciones extraordinarias que el terrorista solicitaba.

Así ocurrió en los años 2000 y 2001, cuando el etarra consiguió una redención de 175 días por la autoría del libro Días-Egunak, después de que el citado juez, el mismo que recientemente avaló la prisión atenuada para el mencionado etarra, instara a la prisión a hacer una propuesta de redención. Cuando Castro Antonio, en la actualidad titular del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, no estimaba sus quejas, el etarra recurría habitualmente a la Audiencia Provincial de Madrid.

211 DIAS POR ESTUDIOS

Así ocurrió en el año 2001, cuando el etarra consiguió otra redención extraordinaria de 211 días por los estudios cursados entre 1987 y 1993, pese a que según se recoge en un auto, en el "informe emitido por el director del Centro Penitenciario Madrid III (Valdemoro) se indica que en los periodos reclamados el interno estuvo inhabilitado para redimir por haber enlazado sucesivamente faltas graves y muy graves".

En este caso, la demanda del etarra fue rechazada por el juez Castro Antonio, pero fue estimada por la Sección 5 de la Audiencia Provincial de Madrid. En un escrito fechado en octubre del año 2000, el director de la prisión de Valdemoro responde al juez de Vigilancia que el interno ya ha sido trasladado a la prisión de Puerto I y que en todo caso la Junta de Tratamiento acordó no proponerle más redención, porque De Juana Chaos intenta conseguir beneficios penitenciarios "por estar matriculado varios años en la misma asignatura y no parece coherente aplicarle una redención que exceda los topes establecidos por curso o asignatura".

Posteriormente, el juez Castro Antonio envía una providencia en marzo de 2001 a la prisión de Puerto I, en la que tras recordar que la queja de De Juana había sido estimada por la Audiencia Provincial de Madrid, le pide que eleve a su juzgado una propuesta de redenciones, lo que hará la Junta de Tratamiento de la prisión en mayo de 2001, proponiendo una redención extraordinaria de 211 días. Ese mismo mes, el juez de Vigilancia aprueba en un auto la propuesta realizada por la Junta de Tratamiento.

80 DIAS POR MATRICULARSE EN DERECHO

Un caso similar se produjo en los años 2003 y 2004, cuando el etarra reclamó una redención de 80 días por haberse matriculado en Derecho en la Universidad del País Vasco durante el curso académico 1997/1998. El juez Castro Antonio desestimó la queja del etarra, que sin embargo fue admitida por la Sección 5 de la Audiencia Provincial de Madrid tras el correspondiente recurso de apelación interpuesto por el etarra.

La decisión de la Audiencia no fue tenida en cuenta por la prisión de Algeciras donde se encontraba De Juana Chaos en ese momento, ya que en febrero de 2004, un mes después del auto de la Audiencia, el presidente de la Junta de Tratamiento de la prisión le comunica al etarra que han acordado rechazar esa redención extraordinaria "por no apreciarse especial laboriosidad, disciplina y rendimiento en el trabajo". Sin embargo, días después el juez Castro Antonio, a través de una providencia exige a la prisión que ejecute el auto de la Audiencia Provincial de Madrid, el cual es "firme y definitivo", proponiéndole que le eleven una propuesta de redención extraordinaria por haberse matriculado en Derecho.

ORDEN DE EJECUCION

Sin embargo, el centro penitenciario optó por pedirle al etarra las calificaciones obtenidas durante el citado curso para poder cuantificar los días de redención extraordinarias que le pudieran corresponder. La maniobra de la cárcel provocó una nueva providencia del juez de vigilancia, en la cual advierte que se proceda a la "inmediata ejecución del auto" de la Audiencia Provincial "sin mas dilaciones".

Finalmente, la prisión accede a proponer una redención de 80 días, que es aprobada por el juez, pero el director de Algeciras le envía al magistrado un escrito en junio de 2004 en la que explica que la resolución que había dictado, dándole los beneficios penitenciarios, se contradice con la acordada por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, que había rechazado concederle esa redención extraordinaria.