Los jueces deben ser cautelosos a la hora de aceptar regalos, según la Comisión Ética Judicial

Publicado: viernes, 12 julio 2019 12:16

El organismo independiente del CGPJ advierte de que en ningún caso sería admisible un presente que ponga en riesgo la imparcialidad

MADRID, 12 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión de Ética Judicial ha advertido a los jueces que deben ser especialmente cautelosos a la hora de aceptar regalos o cortesías, por lo que es conveniente que valoren las condiciones y circunstancias concretas en cada caso. En ningún caso deberían aceptar un un presente que ponga "en riesgo o tela de juicio su apariencia de imparcialidad", añade.

"Parece obvio que cuanto más frecuentes son los regalos, mayor peligro corre la apariencia de imparcialidad y menos comprensible resulta para las convenciones sociales", afirma este organismo independiente del Consejo General del Poder Judicial. Pues, no es lo mismo recibir "de manera asidua distintos obsequios de un particular o de otra autoridad a que, por el contrario, de manera excepcional y con algún motivo, celebración o efemérides, sea objeto de alguna atención o cortesía".

La Comisión Ética Judicial responde así a una consulta de un magistrado que ha elevado varias preguntas sobre este asunto. Se plantea si un juez puede recibir regalo, cortesía o consideración que proceda de un particular, sea persona física o jurídica; si puede hacerlo en el caso de que proceda de una administración pública por cortesía institucional; y si debe o no aceptarlo si la administración pública tiene o ha tenido algún pleito en cuya resolución el juez haya participado o pueda llegar a intervenir.

"LÓGICAS CONVENCIONES SOCIALES"

La duda surge porque los Principios de Ética Judicial no especifican qué tipo de atenciones pueden recibir los jueces y magistrados, ni tampoco las situaciones en que resulta aconsejable aceptarlos o rechazarlos. Es más, el artículo 28 de los Principios señala textualmente que "el juez y la jueza no aceptarán regalo, cortesía o consideración que exceda de las lógicas convenciones sociales y, en ningún caso, cuando ponga en riesgo su apariencia de imparcialidad".

Por ello, el magistrado pregunta por el alcance del concepto "lógicas convenciones sociales" y en qué forma puede verse afectada la imparcialidad o la apariencia de imparcialidad de los jueces y magistrados cuando aceptan un obsequio.

El dictamen de la Comisión Ética Judicial indica que los jueces deben observar una doble cautela antes de aceptar un regalo: en primer lugar, que no se ponga en riesgo su imparcialidad o apariencia de imparcialidad; y en segundo lugar, que el obsequio no exceda de las lógicas convenciones sociales.

En definitiva, cada juez deberá sopesar "con prudencia" las circunstancias y condiciones concretas en cada caso --provenga el regalo de instituciones públicas o de entidades privadas y sea cual sea su naturaleza y valor-- y determinar si es conveniente o no aceptar un determinado regalo.

PRECIO DE MERCADO DEL REGALO

Según detalla el informe una de las circunstancias que deben ser objeto de valoración es el precio de mercado del regalo o dádiva. En este sentido, señala que "la lógica de las convenciones sociales difícilmente aceptaría valores por encima de una modesta cantidad". Aún así, la Comisión insiste en que los jueces no deberían aceptar ningún obsequio, por escaso que sea su valor, si se pone en riesgo o en tela de juicio su imparcialidad.

Ese riesgo existe "casi inexorablemente" si el regalo procede de alguna de las partes de un pleito del que el juez haya conocido en el pasado o pueda conocer en el futuro, explica, al mismo tiempo que señala que "una mínima prudencia debería conducir a rehusar todo regalo o atención".

ES LÓGICO QUE LAS INSTITUCIONES TENGAN "CIERTAS ATENCIONES"

En cuanto a la naturaleza pública o privada de quien ofrece el regalo, la Comisión apostilla que debe tenerse en cuenta que "forma parte de la lógica de las convenciones sociales que las instituciones mantengan entre sí ciertas atenciones y cortesías". Pero, cuando se trate de particulares, el juez deberá llevar a cabo "un muy estricto escrutinio" de todas las circunstancias, aunque no por ello cabe descartar todo tipo de ofrendas.

En este supuesto cabrían, por ejemplo, presentes como un bolígrafo de propaganda comercial, un libro escrito por el oferente o unas entradas para ir al teatro ofrecidas por una compañía artística de la localidad.

"No debe merecer el mismo juicio un regalo ofrecido singularmente al juez, que ese mismo regalo obsequiado al conjunto de las autoridades o de los colectivos de una localidad", concluye el dictamen.

La Comisión de Ética Judicial es un organismo independiente de los órganos de gobierno del Poder Judicial, compuesto por seis miembros de la Carrera Judicial --elegidos directamente por los jueces y magistrados españoles-- y por un académico experto en Ética o Filosofía del Derecho, cuya función es orientar sobre la interpretación de los Principios de Ética Judicial.