1-N.- La Junta Electoral esgrime el Estatut para rechazar la suspensión de la campaña institucional de la Generalitat

Actualizado: jueves, 5 octubre 2006 21:19

MADRID, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central desestimó hoy la pretensión de CiU y del PP de suspender la campaña institucional de la Generalitat para las elecciones catalanas del 1 de noviembre y para ello argumenta que el nuevo Estatut permite a la Administración autonómica incentivar el voto, según consta en la resolución del organismo arbitral.

Tanto los nacionalistas de CiU como el PP habían impugnado la campaña institucional, que lleva por lema "Te toca a ti", alegando que se excede de la mera función informativa porque fomenta la participación y que además utiliza elementos de la imagen corporativa del PSC.

En una reunión mantenida hoy en el Congreso, la Junta Electoral Central rechaza estas peticiones y lo hace acogiéndose al artículo 43.3 del recién estrenado Estatuto de Cataluña, en el que se insta a los poderes públicos a procurar que las campañas institucionales "tengan como finalidad la de promover la participación ciudadana".

El nuevo Estatuto ya rige en Cataluña y el organismo arbitral entiende que, en estas elecciones autonómicas, prima sobre la legislación estatal, que en términos generales aconseja la neutralidad.

De hecho, el presidente de la Generalitat, Pasqual Maragall, tiene abierto un expediente en la JEC por incentivar el voto en su mensaje institucional de la campaña del referéndum del Estatut, pues en aquella consulta de junio de este año sí se aplicaba una ley estatal específica que lo prohíbe.

Respecto a las quejas por supuestas coincidencias formales con el PSC, la Junta Electoral concluye que, en función de los elementos aportados por los denunciantes, "no se encuentra coincidencias con los eslóganes, símbolos o elementos publicitarios de alguna de las entidades políticas concurrentes, ni se induce el voto a favor de algunas de las mismas".