Juzgan en Valladolid a una ginecóloga para la que piden penas de entre 1,6 y 2 años por lesionar a un bebé

Actualizado: miércoles, 25 enero 2006 9:38

VALLADOLID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitan inicialmente penas de 1,5 y dos años de prisión, respectivamente, para la ginecóloga vallisoletana María Jesús C.P. que es juzgada desde hoy como autora de un delito de lesiones graves por imprudencia profesional presuntamente cometido en julio de 1997, fecha en la que trajo al mundo en el Sanatorio Sagrado Corazón de Valladolid a una niña que desde entonces sufre una minusvalía superior al 90 por ciento.

En sus escritos de calificación provisional, a los que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, la acusación pública y la particular, esta última en representación de los padres de la niña, piden también que la ginecóloga sea inhabilitada para el ejercicio de la profesión por espacio de dos y tres años, respectivamente, así como, por este mismo orden, el pago de indemnizaciones que se elevan a 710.000 y 800.000 euros.

Como responsables civiles directos figuran Winterthur y A.M.A. (Agrupación Mutual Aseguradora) y como subsidiarios el Sanatorio Sagrado Corazón y las compañías FIAT y DKV. A mayores de las indemnizaciones citadas, ambas partes interesan el pago de una renta vitalicia por el importe de los gastos derivados del ingreso de la niña en un centro especializado hasta su fallecimiento.

En el juicio, que se celebrará en el Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid, se analizará la actuación de la ginecóloga María Jesús C.P. con respecto al alumbramiento de una niña registrado en el Sagrado Corazón el 24 de julio de 1997.

Se da la circunstancia de que esta misma ginecóloga ya fue condenada en 2001 por el Juzgado de lo Penal número 1 a la pena de un año de cárcel e inhabilitación por el mismo periodo de tiempo, junto con el pago de indemnizaciones por valor de 540.000 euros, como autora de un delito de lesiones por imprudencia profesional, si bien dicho fallo fue revocado más tarde parcialmente por la Audiencia provincial al considerar este tribunal que María Jesús C.P. era autora de una falta de imprudencia leve merecedora de una multa de 1.440 euros, sin que entonces aplicara rebaja alguna al capítulo indemnizatorio.

En aquel caso, la ahora imputada intervino en el alumbramiento el día 8 de abril de 1998 de un niño que, como consecuencia del sufrimiento durante el parto, padece desde entonces un "Síndrome de West" que le ha generado una minusvalía del 99 por ciento.