Monedero recurrirá al Supremo el régimen de incompatibilidades de la Complutense y pedirá que consulte al TJUE

Juan Carlos Monedero
EUROPA PRESS
Publicado: jueves, 1 febrero 2018 14:56

El cofundador de Podemos argumentará que el propio juez del TSJM ha reconocido que la ley "se ha quedado vieja"

MADRID, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -

El cofundador de Podemos Juan Carlos Monedero va a presentar ante el Tribunal Supremo un recurso de casación contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de rechazar su solicitud para poder compatibilizar su labor como profesor a tiempo completo de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) con la realización de actividades de consultoría o producción audiovisual, según han explicado a Europa Press el exdirigente del partido morado y su abogada.

Además, en su recurso de casación, el profesor de Ciencias Políticas solicitará al Supremo que eleve una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se pronuncie sobre la norma que regula el régimen de incompatibilidades que se le está aplicando, ya que el propio TSJM ha reconocido dicha ley como "anacrónica".

Esta apreciación realiza por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM en su sentencia es asumida por Monedero y su representante legal con optimismo, ya que la utilizarán para pedir al Supremo que consulte al TJUE si esa norma que regula las incompatibilidades respeta la legalidad europea.

En concreto, solicitarán que pregunte si el citado régimen vulnera el principio de igualdad y no discriminación del profesorado de universidad respecto del resto de los funcionarios. "Hace tiempo que en España no nos queda mucho más que confiar en los jueces, así que en este caso seguiré todo el periplo judicial. Confiando en que, como ha ocurrido en el 100% de los casos, terminará dándome la razón", ha señalado asimismo Monedero en un comunicado que ha publicado en su canal de Telegram.

En esta línea, la abogada del exdirigente 'morado' explica, en conversación con Europa Press, que no es justo que a los profesores universitarios no se les aplique la misma normativa en lo que a las incompatibilidades se refiere que al resto de funcionarios, cuando sí se ven afectados por otras medidas, como la reducción de las pagas extras.

En concreto, la letrada se refiere al hecho de que el resto de funcionarios puedan renunciar a parte de su complemento salarial para poder realizar otras actividades, y mantener al mismo tiempo su jornada completa, y los profesores sólo puedan reducirse la jornada para poder compatibilizar la enseñanza con otras labores.

LA SENTENCIA NO AFECTA A MONEDERO

En cualquier caso, el propio Monedero explica que la decisión de TSJM no le afecta actualmente, ya que las actividades que realiza fuera de la Complutense, como la presentación de un programa de televisión en el diario Público, no conllevan un contrato laboral.

"Mi única relación laboral es con la complutense por lo que la sentencia no me afecta. Pero esto no es un asunto personal. Voy a recurrir al Supremo porque la ley, como reconoce el juez, se ha quedado vieja", ha asegurado en declaraciones a Europa Press.

Monedero también señala que en la sentencia, el juez "reconoce que en Cantabria se aplica esa compatibilidad y recomienda al legislador cambiar la ley". "Si todos los funcionarios pueden renunciar a parte de su complemento salarial y hacer otras actividades parece sensato que los profesores también lo hagan", defiende. "Además, es bueno para que la Universidad siga abriéndose a la sociedad", concluye.

LITIGIO QUE SE REMONTA A 2014

Con esta última sentencia, el TSJM ha dado la razón a la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y ha ratificado la decisión de su rector del 6 de febrero de 2015, en la que denegó al cofundador de Podemos y profesor de ese centro, Juan Carlos Monedero, su solicitud de compatibilidad para la realización de actividades de consultoría política y economía, entre otras.

En esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TSJM revoca, "por ser contraria a derecho", otra sentencia anterior, emitida el 13 de enero de 2017 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de Madrid, que declaró nula esa decisión del rector de denegarle la compatibilidad.

Monedero solicitó dicha compatibilidad en diciembre de 2014, tras hacerse público que en 2010 había realizado varios trabajos de asesoría para los Gobiernos de Bolivia, Venezuela, Ecuador y Nicaragua, por los que cobró 425.000 euros en 2013.

Además de denegarle la compatibilidad en febrero de 2015, la Universidad le abrió un expediente disciplinario que resolvió en julio de 2016, determinando que había cometido una falta muy grave y sancionándole con una suspensión de empleo y sueldo de seis meses; sanción que Monedero también ha recurrido.

El cofundador del partido morado decidió entonces recurrir esta decisión de la UCM, y el juez del Juzgado Contencioso-Administrativo número 15 estimó en parte su recurso, al entender que la norma en la que se basó la Universidad para tomar esa decisión es "discriminatoria" con el profesor.

Según el magistrado, por el hecho de ser profesor "a tiempo completo", la Complutense aplicó a Monedero el mismo régimen de incompatibilidades que se aplica a quienes ocupan órganos unipersonales de gobierno y representación de la Universidad, y a quienes tienen asignado un complemento específico superior al 30 por ciento de su retribución básica.

RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES "ANACRÓNICO"

Ahora, el TSJM ha vuelto a dar la razón a la Complutense, aunque al mismo tiempo admite en su sentencia que el régimen de incompatibilidades contemplado en derecho "data de hace más de treinta años" y "adolece posiblemente de una cierta incongruencia".

"Es más puede que resulte ser, a día de hoy, algo, por no decir muy, anacrónico, lo que hace conveniente una revisión a fondo del mismo", señalan, a lo que responden, no obstante, que esta opinión "ciertamente subjetiva, no responde más que a un deseo, pero no a una conclusión".

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