La normativa de C-LM impide cazar en Quintos de Mora, excepto por invitación de Patrimonio, según los cazadores

Actualizado: miércoles, 18 febrero 2009 18:56

MADRID, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -

La normativa de Castilla-La Mancha impide cazar en la finca de Quintos de Mora (Toledo), excepto si el titular, que en este caso es Patrimonio del Estado, expide una invitación, según informó la Real Federación Española de Caza (RFEC).

El presidente de la RFEC, Andrés Gutiérrez de Lara, explicó a Europa Press que de acuerdo a la orden de 14/01/2009 de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, que regula la caza en esta comunidad autónoma, "no se puede cazar" en esta finca.

Aunque, el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, habría cazado en este terreno de propiedad Estatal en 2008, Gutiérrez de Lara subrayó que "está totalmente prohibido cazar desde hace bastantes años" porque no hay oferta pública ni permisos para cazar en los Quintos. En ese sentido, precisó que únicamente se puede cazar por expresa invitación del titular, es decir de Patrimonio del Estado.

Asimismo, añadió que cuando se constata que hay sobrepoblación de jabalí son los guardas quienes abanten las piezas "por la modalidad de descaste".

El aguardo nocturno de jabalí es una modalidad de caza mayor que se realiza desde puestos fijos de caza, cuando existe sobrepoblación de esta especie y comienzan a registrarse daños en el suelo o en la agricultura. Es entonces cuando se conceden permisos especiales que se emiten por sorteo para terrenos cinegéticos especiales: reserva de caza, zona de caza controlada, y coto social.