El juez acuerda el sobreseimiento de la causa contra Conde al no acreditar blanqueo en la repatriación de 13 millones

Mario Conde
MARCELO DEL POZO / REUTERS - Archivo
Actualizado: miércoles, 24 octubre 2018 13:22


El juez concluye que el dinero era anterior a Banesto y que su posible delito contra Hacienda está "súperprescrito"

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dictado este miércoles auto de sobreseimiento provisional de la causa en la que se investiga al expresidente de Banesto, Mario Conde, por supuesto blanqueo de 13 millones de euros que habría repatriado entre 1999 y 2014, algo que considera que no se ha acreditado.

La instrucción de la denominada 'Operación Fénix' se inició en 2016 por presunto blanqueo de --2,2 a través de ingresos en efectivo y 10,7 de transferencias en cuentas en el extranjero-- un total de 13 millones, cuando aún le restaban por depositar 14,1 millones de la responsabilidad civil por la que fue condenado en el 'caso Banesto' y que según la Fiscalía, procedían del dinero que sustrajo a la entidad.

En concreto, la Fiscalía Anticorrupción le atribuía un delito de blanqueo de capitales, ocho delitos contra Hacienda Pública por cuotas defraudadas del Impuesto de Sociedades de tres de sus empresas, un delito de organización criminal y un delito continuado de frustración de la ejecución por esa responsabilidad civil que no había abonado.

Sobre el delito de blanqueo, para Pedraz era "fundamental" probar que el dinero aflorado en las cuentas de Conde entre 1999 y 2014 procedía de los fondos que sustrajo de Banesto, como denunciaba la Fiscalía. Concluye que no fue así, y que "el dinero no tiene un origen relevante para el proceso pues sería anterior a Banesto".

EL DINERO NO ERA DE BANESTO

En concreto, el auto señala que "no se acredita el origen ilícito del dinero", los 2,2 millones de euros transferidos, al no demostrarse además que proceda de apropiaciones indebidas de las arcas de Banesto", como "tampoco se acredita que el dinero se utilizara para fines distintos de 'gastos ordinarios de consumo' (autoblanqueo), como así mantiene la defensa".

En cuanto a los delitos contra la Hacienda Pública, el juez señala que "tampoco puede apreciarse la comisión de delito alguno contra la Hacienda Pública" porque "la documentación remitida por Suiza no puede utilizarse para perseguir delitos tributarios" y porque el perito "afirma categóricamente" que "no se aprecia defraudación tributaria alguna" que supere los 120.000 euros, límite a partir del que se incurre un delito.

Además, los fondos proceden de años cuyos ejercicios fiscales están "superprescritos", como también advirtió el perito, las regularizaciones practicadas a Conde son firmes, así que la Administración no podría modificarlas. Pedraz indica también que los datos de patrimonio de los años 1988 a 1994 "son inamovibles" de modo que no se podría entrar en ninguna consideración "sobre los fondos aflorados posteriormente procedente de tales ejercicios o anteriores".

Por último, en relación al delito de frustración de la ejecución, la Fiscalía apuntaba que "mediante operaciones torticeras" Conde "habría puesto a nombre de terceros fincas que debían ser decomisadas de acuerdo con la resolución judicial firme" y señalaba dos casos concretos.

LA ESCRITURA DE LAS FINCAS, PRESCRITA

Sobre el primero, relativo a las fincas de "Can Poleta" decomisadas judicialmente, el juez recuerda que la Sección Primera de la Sala de lo Penal ya declaró prescrito el delito de alzamiento de bienes y sobre el segundo, la hipoteca sobre parte de una finca llamada 'Los melonares', también fue objeto de autos en esa sección, cuando en 2014 declaró los hechos atípicos y objeto de debate en vía civil. "A ello se une que ya se abonaron más de 16 millones de euros y existen varios embargos trabados desde 1998", señala el auto.

Al no encontrar delito en el movimiento de dinero ni de fincas, el juez Pedraz entiende que tampoco lo hay de organización criminal, pues "no existe fin delictivo", de modo que ordena el sobreseimiento de las pesquisas también para el resto de los investigados, que lo fueron en su carácter de partícipes en la supuesta trama imputada a Conde.

SIN PAGAR RESPONSABILIDAD CIVIL

Las actuaciones se iniciaron por el impago de lo que debía por responsabilidad civil tras la apropiación indebida de Banesto. En 2011, al objeto de "poder ejecutar sus responsabilidades pecuniarias", se ordenó investigar las cuentas de Conde, que a su salida de prisión publicó libros y colaboró en programas de televisión.

Fiscalía Anticorrupción encontró con las pesquisas "diversos indicios de una actividad de blanqueo de dinero procedente de las apropiaciones indebidas" que Mario Conde realizó en Banesto, algo que habría desarrollado a través de "su entorno más cercano" desde al menos 1999 y de forma continuada hasta 2014.

En ese periodo, habrían aflorado algo más de 13 millones de euros de origen "no justificado" en sus cuentas y la Fiscalía entendía que lo había conseguido dirigiendo a un conjunto de personas con una estructura piramidal y jerarquizada. De ahí las acusaciones de su querella.

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