La ponencia de Reglamento del VI Congreso del PP de Tenerife recibe "más" de 300 enmiendas

Actualizado: miércoles, 12 noviembre 2008 20:07

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

La ponencia de Reglamento del VI Congreso del Partido Popular de Tenerife, que tendrá lugar los días 21 y 22 de noviembre, ha recibido "más" de 300 enmiendas, un hecho que responde, según el ex portavoz del PP en el Ayuntamiento de La Laguna, Juan Martínez Torvisco, a que el texto "pretende eliminar las funciones de los presidentes de los comités locales, con propuestas intervencionistas que manipulan la libertad de los municipios".

Asimismo, el ex portavoz popular resaltó que la actual presidenta del partido, Cristina Tavío, "designó como redactor de esta ponencia a Luis Miguel Rodríguez, quien fundó un partido político en el año 2001 siendo afiliado del PP desde 1989, algo que, según los Estatutos, supone la expulsión inmediata", según informó hoy el Partido Popular en una nota.

Por otra parte, Torvisco acusó a la presidenta popular de "utilizar el nuevo Reglamento para mantener bajo su control a los comités locales, por ejemplo, a través del artículo 40.6: Los debates del Comité Ejecutivo Local serán dirigidos y moderados por su presidente o de estar presente el presidente insular por éste último, quien dará y retirará la palabra y someterá a votación los asuntos cuando estime que se encuentren suficientemente debatidos, o por medio del artículo 44: El presidente local preside el Comité Ejecutivo Local, a menos que asista el presidente insular, disponiendo de voto de calidad en caso de empate".

Según Torvisco, "esta regulación restringe las funciones propias del presidente local reguladas tanto en los Estatutos Nacionales como en el Reglamento de Organización del PP de Canarias, donde se establece que el presidente local preside, dirige y modera las reuniones de su Comité Local".

CUOTAS DE AFILIADOS

Además, el ex portavoz lagunero hizo mención del artículo 32.2 donde se cita que 'Cada organización territorial se nutrirá de las cuotas de sus afiliados', e indicó que la realidad es que "la Dirección Insular percibe mayor parte de las cuotas de los afiliados de los diferentes municipios y éstas no se transfieren a sus comités locales".

Por último, Torvisco aludió al artículo 16.d que dice que 'Son competencias del Comité Ejecutivo Insular nombrar Comisiones que gobiernen transitoriamente alguna de las organizaciones territoriales de la isla (Gestoras), entre otras, por causas como la desobediencia a los órganos del partido o propagar noticias que supongan desprestigio al partido'.

Ante esto, sostuvo que esta regulación subjetiva "no cabe en nuestro régimen disciplinario, pues permitiría a un presidente insular cesar a todo un Comité Local, legítimamente elegido por los afiliados de su municipio, por el simple hecho de que considere, personalmente, que se ha desobedecido una orden, algo más propio de una dictadura que de una democracia".