La ponencia sobre el voto exiliado plantea que puedan acogerse todos los que vivieron en el pasado en Euskadi y Navarra

El Ministro De Interior En La Reunion
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 7 junio 2012 21:31

Lo argumenta en la dificultad de probar los motivos por los que se fueron pero establece la necesidad de acreditar esa residencia pasada


MADRID, 7 Jun. (EUROPA PRESS) -

La ponencia encargada por el Ministerio del Interior para abordar la posibilidad de que los ciudadanos que huyeron del País Vasco y Navarra por miedo a ETA puedan volver a votar en esas comunidades abre la puerta a todos los que en el pasado residieran en ambas regiones debido a la dificultad para probar los motivos por los que se marcharon. Propone un plazo de entre tres y seis meses para decidirse y establece como necesario acreditar haber residido en esas comunidades.

El documento al que ha tenido acceso Europa Press, parte de "una premisa de principio" que indica que se trata de "una reforma razonablemente practicable, esto es, sin modificar ni la Constitución ni los Estatutos de las dos Comunidades Autónomas afectadas, y limitándose a una alteración de preceptos concretos de la LOREG".

En cuanto al modo de articularlo, la ponencia rechaza de plano la opción del doble voto --según recuerda, tipificado como delito-- así como la posibilidad de crear una circunscripción electoral específica para estos electores.

Apuesta por "una reforma de la LOREG que regule un derecho de opción tras definir quiénes puedan resultar afectados en los términos más neutros posibles. En este sentido plantea que sean "todos los electores que, habiendo residido durante un determinado tiempo en el País Vasco o Navarra, se hayan trasladado a cualquier otro lugar del territorio nacional con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma".

SEGÚN SU ÚLTIMO DOMICILIO

Este derecho se reconocería "por una sola vez y durante un plazo cerrado, entre tres y seis meses, después de la reforma". "Quienes así lo solicitasen ante la Oficina del Censo Electoral, mediante un formulario tipo que pudiera facilitárseles, serán incluidos en la sección del Censo correspondiente en su último domicilio acreditado en el País Vasco o Navarra, con la correspondiente baja en la sección censal de su domicilio actual y con validez para todos los procesos electorales". Dicho cambio sería irrevocable de cara al futuro.

En cuanto al número de personas que se verían beneficiadas, el ponente insiste en que deben ser "todos los electores que hayan estado avecindados en el País Vasco o Navarra y posteriormente se hayan desplazado a otra parte del territorio nacional". Lo argumenta en "la dificultad de probar las razones que llevaron al abandono del domicilio en el País Vasco, así como por imperativos constitucionales derivados del derecho a no responder sobre la propia ideología, religión o creencias".

Según algunos de los participantes en la reunión consultados por Europa Press este punto ha generado controversia entre algunos de los presentes al considerarlo excesivo. La ponencia precisa que esta opción "no es incompatible con la exigencia de una cierta estabilidad en la domiciliación vasca o navarra, ya que puede establecerse como requisito que ésta se haya mantenido durante un número mínimo de años".

Durante las discusiones se ha valorado la posibilidad de solicitar a Interior los censos de las últimas décadas para contar con una mecanismo con el que poder acreditar que efectivamente los ciudadanos que quieran acogerse a esta medida residieron en el pasado en el País Vasco o Navarra.

El ponente es el Profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid y letrado de las Cortes Generales Fabio Pasqua, quien durante el debate celebrado hoy en la sede del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales ha recibido las felicitaciones casi unánimes del grupo de 20 expertos convocados por el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz.

ADVIERTE DE LA REACCIÓN POLÍTICA QUE SE PUEDA GENERAR

El texto no obvia "la reacción política que pueda suscitarse". "Lógicamente, dado el perfil ideológico que predomina en la conocida como "diáspora vasca", es presumible que surja oposición a una reforma en el sentido citado, incluso con la interposición de las correspondientes acciones ante el Tribunal Constitucional. Pero las razones de conveniencia y oportunidad política quedan al margen de estas consideraciones", dice.

En su exposición de 22 folios, reconoce por tanto que "la regulación del voto de los electores que, figurando en el Censo Electoral de Residentes en España, hayan debido desplazarse de sus territorios de origen del País Vasco y Navarra es posible en el actual marco constitucional y estatutario". Sin embargo, admite que existen "importantes diferencias a tenor de los distintos procesos electorales".

A su juicio no ofrecen dificultad alguna las elecciones al Parlamento Europeo (circunscripción única) ni para las elecciones generales, ni para las municipales, mientras que en el caso de la Autonómicas puede plantear "alguna complejidad adicional", al estar reguladas por los Estatutos vasco y navarro. Sin embargo añade que "en ejercicio de las competencias exclusivas que ostenta el Estado a través de la LOREG" existen competencias para regular esta facultad "con carácter vinculante para los legisladores autonómicos".

Aboga por limitar esta iniciativa sólo al País Vasco y Navarra. "Es verdad que son muchas las ciudades españolas donde se han cometido atentados, pero no es menos cierto que sólo en estos lugares el ambiente y la presión social han podido ser tan intensos como para impulsar la marcha de ciudadanos por razones políticas", defiende.

Otra cuestión es la necesidad de "determinar una fecha límite de salida del País Vasco o Navarra" y para ello se propone como "razonable" la de la última declaración de ETA en torno al "cese definitivo de la violencia". No obstante, también reconoce que dicha referencia "supondría tal vez dar excesiva validez a los comunicados de un grupo terrorista, por lo que bien pudiera escogerse otro momento más neutral".

SÓLO CINCO MODIFICACIONES EN LA LOREG

La ponencia cuenta con un anexo en el que tan sólo se propone cinco modificaciones en la Loreg con los que a su juicio la reforma sería "completa". Afectaría a los artículos 2, 30, 33bis, 209 y la introducción de una disposición transitoria novena.

El debate que ha tenido lugar por la mañana y por la tarde se ha realizado a puerta cerrada y ha comenzado con unas palabras del minsitro del Interior, posteriormente Fabio Pasqua ha procedido a exponer su ponencia y a continuación todos los presentes han podido dar su opinión libremente, según los presentes. Estas fuentes vaticinan un debate largo dado la complejidad de algunas cuestiones y de momento han vuelto a ser citado para dentro de 15 días.