Pretoria.- La Audiencia Nacional avala la instrucción y rechaza inhibirse en favor de juzgados catalanes

Actualizado: miércoles, 28 julio 2010 23:07

BARCELONA, 28 Jul. (EUROPA PRESS) -

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional ha desestimado la mayoría de recursos interpuestos por los imputados en el caso Pretoria contra distintas diligencias de la instrucción que llevó a cabo Baltasar Garzón y ha rechazado inhibirse parcialmente en favor de juzgados de Mataró y Badalona, tal y como pedían Macià Alavedra y Lluís Prenafeta.

En cuatro autos emitidos entre ayer y hoy, el juez Pablo Rafael Ruz responde a los diferentes recursos interpuestos, entre otros, por Luis García 'Luigi', Bartomeu Muñoz, Alavedra y Prenafeta.

Así, el juez avala las escuchas telefónicas, la prolongación del secreto de las actuaciones, las detenciones de los principales implicados y los registros de sus viviendas, así como otros registros, embargo de cuentas bancarias y la declaración de testigos.

Para el juez, las medidas acordadas durante la instrucción son adecuadas y justificadas, teniendo en cuenta la naturaleza de los delitos. Sobre la prisión provisional y otras medidas cautelares, para Ruz es "congruente la adopción de medidas reales en tanto que las mismas no tienden exclusivamente al aseguramiento de las responsabilidades pecuniarias", sino también "al aseguramiento de aquellos bienes y activos que se hubieren obtenido como consecuencia de la actividad presuntamente ilícita".

No obstante, el juez estima el recurso presentado por Macià Alavedra y Lluís Prenafeta contra el auto en que se acordaba medidas cautelares contra ellos prohibiéndoles cualquier actividad económica, bancaria o financiera, y la cancelación de cuentas, entre otros, ya que según el juez ha desaparecido el riesgo de que los imputados puedan alterar o eliminar elementos probatorios.

En otro auto, Ruz rechaza la petición de Alavedra y Prenafeta de que se inhiba a favor de los juzgados de Instrucción de Badalona y Mataró. Ambos imputados se escudaban en que los hechos imputados podrían calificarse únicamente como constitutivos de delitos de tráfico de influencias y blanqueo de capitales por las operaciones Badalona y Niesma --en Sant Andreu de Llavaneres--.

En su recurso, ambos querían que el juez admitiera la inexistencia de conexión con los demás ilícitos penales investigados en la causa, algo que el juez desestima ya que a ambos se les imputa "en forma indiciaria" un delito de asociación ilícita. Además, es competencia de la Audiencia Nacional los delitos de blanqueo de capitales en el extranjero, lo que, según el juez "indiciariamente habría ocurrido".

DESESTIMA UN RECURSO DE FALCÓN

Asimismo, ha desestimado el recurso del ex director gerente de proyectos del consistorio de Santa Coloma de Gramenet Lluís Falcón por el que pedía que se sobreseyera el auto de la pieza separada donde se le imputaba un delito de blanqueo de capitales.

Según el escrito del juez, el 22 de junio de 2010 se desestimó la petición de sobreseimiento de su imputación, ya que Falcón no introducía ningún elemento nuevo "que mereciese una valoración por el instructor".