En los primeros nueve meses del año hubo 76.398 desahucios entre viviendas y locales comerciales

Actualizado: lunes, 3 diciembre 2012 19:27

Los secretarios judiciales apuestan por la conciliación y la mediación anterior a la vía judicial, sin coste adicional para la Administración


MADRID, 3 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales (CNSJ) ha hecho público este lunes un informe que revela que un total de 76.398 lanzamientos se practicaron en los primeros nueve meses del año, no siendo todos ellos de primera vivienda.

El informe 'El secretario judicial en cifras', recogido por Europa Press, advierte de que esta cifra incluye los desahucios y ejecuciones hipotecarias tanto de viviendas como de locales comerciales.

Los secretarios judiciales han celebrado cerca de 75.000 subastas durante 2011, aunque la mayoría de ellas han quedado desiertas y la finca se ha adjudicado a la entidad financiera concesionaria de la hipoteca.

El informe recoge este "drama social" y la "brutal" evolución al alza que han experimentado las ejecuciones hipotecarias, que se han visto incrementadas en un 200,10% en los últimos cuatro años al pasar de 25.943 en 2007 hasta las 77.854 de 2011.

Las transferencias recibidas por los juzgados como consecuencia de órdenes de embargo telemático remitidas a la Agencia Tributaria alcanzaron los 16 millones de euros hasta septiembre. Para ello, se dieron por los secretarios judiciales en torno al millón de órdenes de embargo.

El informe explica que los juicios de desahucio se producen ante contratos de arrendamientos de fincas, generalmente por falta de pago; mientras que las ejecuciones hipotecarias tienen por objeto la subasta del inmueble ante el impago de la hipoteca.

DACIÓN EN PAGO

Los secretarios judiciales, a quienes está atribuida la tramitación de estos procesos especiales, proponen llevar a cabo mecanismos de conciliación o mediación previa a la vía judicial para alcanzar acuerdos entre las partes relativos al aplazamiento de pagos, la condonación parcial de la deuda en caso de que haya intereses abusivos, o la dación en pago, incluso para pleitos ya iniciados siempre que haya un consenso.

Ven fundamental compensar el desequilibrio económico entre los bancos y los deudores. "El consumidor tiene muy limitadas las posibilidades de oposición frente a la ejecución y muy difícil la suspensión provisional de la ejecución forzosa", añade.

Piden valorar con "prudencia" cualquier modificación de la Ley Hipotecaria, mientras que abogan por regular un procedimiento de insolvencia de las personas físicas, en la que se establezcan plazos y prórrogas que hagan el pago más flexible.

CONVOCATORIA DE OPOSICIONES

En otro orden de cosas, el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales exige al Ministerio de Justicia promover la convocatoria de oposiciones y advierte de que no comporta ningún coste económico extra por ser plazas ahora ocupadas por personal interino.

A su juicio, la cobertura de plazas vacantes por personal titular debe hacerse a través de un régimen de sustituciones ordinarias, debidamente retribuidas, o a través de la potenciación de mecanismos como el de las comisiones de servicio.

Igualmente, demandan un reconocimiento en la Ley Orgánica del Poder Judicial de las funciones procesales asumidas por los fedatarios públicos y que se continúe profundizando en la idea de desjudicializar algunos asuntos.

Entre ellos, aluden a las funciones relativas al Registro Civil, la Jurisdicción Voluntaria, instrucción penal, o la ejecución de resoluciones, que "no tienen carácter estrictamente jurisdiccional y pueden ser atribuidas a personal no judicial pero siempre dentro de la organización judicial única que ofrece garantías de imparcialidad al ciudadano".

La plantilla de secretarios judiciales está compuesta por un total de 4.148 trabajadores, frente a los 5.171 jueces y magistrados. El 17,55 por ciento de los fedatarios públicos son sustitutos, según recoge el informe.

"Puede afirmarse que el aumento profundo de la carga de trabajo asumida por los Secretarios Judiciales, a raíz de las nuevas funciones procesales encomendadas a los mismos, es directamente proporcional a la disminución de la carga de trabajo de la que se ha conseguido para Jueces y Magistrados, cumpliendo así el mandato contenido en la Ley 13/2009, de Reforma de la Legislación Procesal, para que estos últimos puedan concentrar sus esfuerzos en su función constitucional de dictar sentencias", concluye.