Los promotores acusados de estafar a una pareja inglesa en la compra de una vivienda en Almería se culpan mutuamente

Actualizado: lunes, 3 noviembre 2008 19:03

ALMERÍA, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

El promotor y el constructor de de Huércal Overa (Almería), Ramón R.M. y Alfonso H.H., quienes se enfrentan a cinco años de prisión por presunta estafa inmobiliaria a un matrimonio de nacionalidad británica, se culparon mutuamente hoy de los hechos ante el tribunal de la Sección Primera de Audiencia Provincial y negaron que existiera en ellos "ánimo defraudatorio" en la segunda compraventa de la vivienda adquirida por los demandantes y objeto del litigio.

Durante la vista oral, Ramón R.M. justificó la transmisión de la vivienda, ubicada en el paraje Los Carrasco del municipio de Arboleas, en la necesidad de saldar una deuda que ascendía a 80.000 euros, contraída con el otro acusado, quien, según aseguró, contrató a una empresa de cobro a morosos domiciliada en Córdoba para "extorsionarle y obligarle a pagar bajo amenazas" una cifra que la defensa de Alfonso H.H. cuantificó en más de 200.000 euros.

Afirmó que, ya que llegó a "temer por la integridad física de él y de sus hijos", apremió a A.R.B. y P.J.B. a que formalizasen la escritura pública "cuanto antes", algo a lo que estos se negaron. En sala, el matrimonio reconoció saber de la "delicada" situación económica por la que pasaba Ramón R.M. pero no haber tenido la conversación a la que él aludió.

Por su parte, el constructor Alfonso H.H., quien en su alegato final señaló haber sido "víctima por inexperiencia empresarial" del otro procesado y rechazó llegar a un acuerdo antes del inicio de la vista, negó haber protagonizado la transacción de la vivienda presuntamente fraudulenta, que atribuyó a su padre como socio en la mercantil, y descartó ser conocedor de que sobre el inmueble pesaba un contrato de compraventa anterior suscrito con los querellantes.

Este extremo era desmentido por el matrimonio británico y por la declaración de un arquitecto técnico y perito judicial que, en calidad de testigo, aseguró haber estado presente en 20 de noviembre de 2004 en una reunión entre demandados y demandantes en la que Alfonso H.H. "tomó nota de los desperfectos señalados por los compradores de la vivienda para ser reparados ante de que se formalizase la escritura pública".

Durante el trámite de informes, tras lo cual el juicio quedó visto para sentencia, la fiscal elevó a definitiva su calificación provisional al alegar que la prueba practicada "desvirtuaba" la presunción de inocencia de ambos acusados. En el mismo sentido se pronunció el letrado del matrimonio británico, quien solicitó cuatro años de prisión al achacar "connivencia" a promotor y constructor en la enajenación de la vivienda unifamiliar.

Por su parte, la defensa de Ramón R.M. pidió la libre absolución para su patrocinado o, en caso de condena, la aplicación de la eximente completa de miedo insuperable mientras que la letrada de Alfonso H.H. alegó dos "errores de hecho" en la calificación del Ministerio Público y la acusación particular al señalar como sujeto del delito a su cliente en lugar de a su padre, así como asumir que se produjo una simulación de intercambio de dinero para formalizar la segunda compraventa cuando, según aseguró, "se produjo una mera transmisión de propiedad para el pago de una deuda".

HECHOS.

El escrito de calificación del Ministerio Público, al que tuvo acceso Europa Press, considera probado que Ramón R.M., como administrador de una inmobiliaria bajo el nombre Promociones Edén 2002 S.L., celebró un contrato privado en enero de 2005 para la venta del terreno y el inmueble a los demandantes, un matrimonio jubilado --A.R.B. y P.J.B.-- que había decidido trasladar su residencia desde Inglaterra a España.

Ante los incumplimientos del acusado en las obligaciones que estipulaba el citado contrato y la demora en otorgar la escritura pública a los propietarios para inscribir la transacción en el registro, la pareja interpuso una querella ante el Juzgado de Instrucción número dos de Huércal-Overa y reclamó a Ramón R.M. una indemnización por los daños causados.

Fue entonces cuando el procesado para, según sostiene el fiscal, "evitar tal transmisión definitiva", ideo un ardid para, cuatro meses después del contrato original, hacer un reconocimiento de deuda a favor de Alfonso H.H., quien se prestó en su condición de administrador de otra sociedad dedicada a la promoción inmobiliaria.

En mayo, ambos simularon la entrega de dinero y firmaron la escritura de la parcela en una notaria de Vera para certificar una venta por parte de Ramón R.M. que el otro acusado por estafa aceptó "a sabiendas de que el terreno había sido objeto de una venta anterior".

El Ministerio Público solicita, asimismo, en el escrito de calificación elevado ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial que se decrete la nulidad de la escritura pública y se proceda a la inscripción del primero de los contratos celebrados a favor de los demandantes.