Promotores del teleférico de Sierra Nevada recurren la decisión de la Junta andaluza de no autorizar el proyecto

Actualizado: lunes, 1 septiembre 2008 20:50

Los abogados de la sociedad esperan que los juzgados den traslado del expediente entre los meses de noviembre y diciembre

GRANADA, 1 Sep. (EUROPA PRESS) -

La empresa que promueve el proyecto del teleférico en Sierra Nevada (Granada), Teleférico Sierra Nevada S.A, ha recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la decisión de la Junta de no autorizar el proyecto, al considerar que el estudio de impacto ambiental se efectuó en un tiempo "inadecuado" y que su vinculación a la resolución de la Dirección General de Transportes es "improcedente".

La Dirección General de Transportes de la Junta desestimó hace unos meses el recurso de alzada interpuesto en febrero por los promotores contra una resolución anterior de este organismo autonómico, que desautorizaba el proyecto de construir un servicio público de transporte por cable entre la ciudad y Padrollano al no apreciar "su necesidad, conveniencia ni utilidad pública".

Los servicios jurídicos de Teleférico Sierra Nevada S.A interpusieron en julio el último recurso, que "ya ha sido aceptado a trámite" por el Alto Tribunal, por lo que esperan que se dé traslado del expediente entre los meses de noviembre y diciembre, según informó hoy a Europa Press uno de los promotores, Juan Antonio López.

López indicó que en el proceso se argumentará la "vinculación improcedente" de la declaración de impacto ambiental a la resolución de la Dirección General de Transportes y lo "inadecuado" de este estudio, en el que considera que "existen infracciones legales" por, entre otros motivos, el momento en que se efectuó.

En este sentido, los servicios jurídicos de la sociedad consideran que, de acuerdo a la normativa vigente, la declaración de impacto ambiental sólo se puede efectuar cuando el proyecto está terminado y en el momento previo al inicio de las obras, lo que, a su juicio, no sucedía en este caso, ya que se encontraba en la fase previa a la fijación definitiva de las condiciones técnicas "a sabiendas de que la Administración podía aprobarlo con condiciones a cumplimentar por los concursantes o licitadores".

Calificaron también de "improcedente" que la Dirección General de Transportes de la Junta considerara vinculante este estudio y que en su última resolución, que desestimaba el recurso de alzada presentada por los promotores, se aludiera a que el teleférico "sólo reduciría el seis por ciento del tráfico actual de vehículos privados de la carretera a hora punta", lo que, a su juicio, no se ajusta a los estudios especializados sobre la materia.

Respecto al hecho de que Transportes calificara de "poco disuasoria" la tarifa de 23,5 euros para este modelo de transporte, los servicios jurídicos lamentaron que este órgano no aludiera en su resolución a "la variedad de tarifas reducidas ya propuestas para trabajadores de Cetursa, entidades y empresas radicadas en Sierra Nevada y a la posible combinación de bonos de transporte y 'forfait', así como que "no se valoraran otros intereses públicos, como los económicos, turísticos y deportivos".