Rechazada la prisión provisional para un joven que dio un puñetazo a otro, que se cayó y falleció

Actualizado: miércoles, 4 junio 2008 15:02

El Juzgado de Instrucción ordena que continúe la tramitación de las diligencias y pide que las partes presenten sus escritos

SANTANDER, 4 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número Cuatro de Torrelavega ha dictado sendos autos en los que, por una parte, deniega la prisión provisional para un joven que dio un puñetazo a otro, que falleció al caer y golpearse la cabeza contra el suelo, y por otra transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, con la petición a las partes para que presenten escritos de acusación y defensa.

Los hechos sucedieron sobre las once y media de la noche del pasado 19 de abril en Cabezón de la Sal, cuando el acusado, R.C.G., abordó "sorpresivamente" a la víctima, de 24 años, que se encontraba en un bar en compañía de su novia, y "sin mediar palabra" le pegó un puñetazo en la cara, que le hizo caer desplomado al suelo y quedar inconsciente.

El agredido fue trasladado en ambulancia al Hospital Sierrallana de Torrelavega, de donde fue derivado a Valdecilla, donde se le diagnosticó fractura de la mandíbula, hematoma extradural, contusión hemorrágica y edema cerebral severo. Fue intervenido quirúrgicamente y quedó ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos, donde permaneció hasta su fallecimiento el 24 de abril a causa de una parada cardio-respiratoria.

La autopsia determinó que la lesión que provocó su muerte fue el hematoma producido por el traumatismo ocasionado por la caída, y no el que sufrió en el lado derecho de la cara por el puñetazo.

Según el auto, fechado el 28 de mayo, los hechos pueden ser constitutivos de un delito de lesiones, concurriendo la agravante de alevosía, en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave. Por ello, ordena que continúe la tramitación de las diligencias previas, dándose trasladado al Ministerio Fiscal y en su caso a las acusaciones particulares para que en el plazo de diez días formulen escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral, o bien el sobreseimiento de la causa.

En el segundo auto, dictado el 30 de mayo, el juez instructor rechaza la prisión provisional comunicada y sin fianza del imputado que solicitaba la acusación particular, frente a la libertad que demandaban el Fiscal y la defensa, al considerar que en este caso no se dan los requisitos legales previstos para aplicar esta medida, dados los delitos que podrían imputarse al acusado.

Así, considera que no existe riesgo de fuga del acusado, que ha venido cumpliendo su obligación de comparecencia semanal, entre otras, ni tampoco que pueda repetir su conducta delictiva o aprovechar su situación de libertad para ocultar o destruir pruebas.