Seis meses para un conductor ebrio que se salió de la calzada y golpeó a un hombre que intentó socorrerle

Actualizado: lunes, 12 enero 2009 12:05

SANTANDER, 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha impuesto una condena de seis meses de cárcel y multas por importe total de 1.035 euros, a un conductor ebrio que se salió de la calzada durante un adelantamiento y dio un puñetazo en el rostro a otro conductor que se paró a socorrerle.

En total, el acusado, Pablo Tomás V.M., ha sido condenado por dos delitos contra la seguridad del tráfico --uno por conducir ebrio y otro por negarse a realizar la prueba de la alcoholemia-- y por dos faltas contra las personas --una por golpear al otro conductor y otra por amenazar a los agentes--.

Los hechos ocurrieron la tarde del 30 de octubre de 2005 cuando el acusado circulaba con el coche de su padre por la autovía A-67. Según se explica en la sentencia, el hombre adelantó a gran velocidad a otro turismo y le golpeó el espejo retrovisor, pero no se paró.

A continuación, en la carretera CA-231 realizó un nuevo adelantamiento y, en este caso, perdió el control y se salió de la calzada. Un médico que circulaba también por la zona se paró a socorrerle, pero al ver el estado en el que se encontraba y al preguntarle qué había consumido recibió por respuesta un puñetazo en el rostro.

Cuando llegó al lugar una dotación policial, el acusado se negó a realizar la prueba de la alcoholemia y después, en comisaría, se dedicó a amenazar a los agentes, a los que llamó "pringaos de mierda" y les advirtió de que no se iba a olvidar de sus caras para romperles la cara y "todos los dientes" cuando los volviera a ver.

Por estas amenazas el juez le condena a pagar una multa de 90 euros y otros 135 euros por el puñetazo al otro conductor, que ha renunciado a indemnización alguna. Asimismo, le impone otra multa, de 810 euros, por conducir bajo los efectos del alcohol, y le condena a seis meses de cárcel por negarse a realizar la prueba de la alcoholemia. Además, no podrá conducir en el plazo de un año y tendrá que pagar las costas del juicio.

En el caso de la pena de cárcel, ha quedado suspendida su ejecución con la condición de que no vuelva a delinquir en el plazo de dos años. En caso contrario, tendrá que ingresar en prisión.