El Supremo condena al Ejército a abonar tres millones de euros a OHL por unas obras impagadas en el Cuartel de la BRIPAC

Actualizado: lunes, 19 mayo 2008 20:24

MADRID, 19 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada contra el Ejército de Tierra por la Audiencia Nacional en marzo de 2006 por la que deberá pagar más de tres millones de euros a OHL por unas obras que la compañía constructora realizó en el Cuartel General de la Brigada Paracaidista (BRIPAC), en Paracuellos del Jarama (Madrid), y que no le fueron abonadas.

En su sentencia, que data del pasado 29 de abril, el Alto Tribunal rechaza el recurso de casación presentado por el abogado del Estado y confirma la condena al abono de 3.064.473 euros a OHL por las obras ejecutadas e impagadas de la primera fase del proyecto 'Nuevo Acuartelamiento' de la Brigada Paracaidista.

El Alto Tribunal fundamenta su decisión en el informe pericial elaborado en el proceso seguido ante la Audiencia Nacional, documento que consideró "perfectamente acreditado" que las obras fueron ejecutadas por OHL en el mencionado cuartel y que el importe de las mismas asciende a 3,06 millones de euros, frente a los 5,98 millones que reclamaba como deuda la compañía.

El informe pericial en el que basa su sentencia el Supremo señala que la Abogacía del Estado no realizó "la más mínima alegación en defensa de sus derechos" y aclara que la diferencia entre la cantidad reclamada por OHL y la reconocida por el tribunal se debe a que no se puede determinar técnicamente si se han realizado algunas de las partidas que afirma haber hecho la empresa.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo revoca la resolución decretada el 7 de marzo de 2003 por la Dirección de Infraestructuras del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra (MALE), que, a su vez, rechazaba el recurso de impugnación presentado el 17 de enero de ese año por la empresa constructora una vez finalizados los trabajos.

El Alto Tribunal desestima todos los argumentos jurídicos expuestos por la Abogacía del Estado en su recurso de casación. En primer lugar, rechaza que la denuncia debiera sido tramitada en otra instancia judicial y recuerda a la Abogacía del Estado que el recurso de casación ante el Supremo se centra en valorar la cuestión de fondo y no en decidir que el proceso vuelva a dirimirse en una instancia judicial inferior.

En segundo término, la sentencia rechaza la alegación de que no se había acreditado la adjudicación formal del contrato y si éste estaba sujeto a la normativa de contrataciones del Estado o al principio de enriquecimiento injusto. El tribunal considera "probado" que OHL realizó las obras y que "no le fueron abonadas por la Administración" y que ese dato "ya es suficiente base para condenar el abono del importe de las obras realizadas como la sentencia recurrida hace".

En tercer lugar, la Abogacía del Estado expuso que la empresa constructora no recibió orden verbal ni escrita para realizar las obras y que el proyecto acometido formaba parte de una segunda fase que se "autoadjudicó" la compañía. Ante tales alegaciones, el Supremo insiste en que está "probado" que OHL realizó las obras y recuerda que el informe pericial "resulta suficientemente detallado y explícito".

Por último, la defensa aseguró que la compañía infringió varios preceptos de la Ley de Contractos de las Administraciones Públicas. El Supremo descarta las infracciones de la norma mencionada y subraya que las obras tenían "el conocimiento y consentimiento" de la Administración.

Por todo ello, el Alto Tribunal condena a la Administración del Estado al pago de más de tres millones de euros a OHL por las obras ejecutadas en el Cuartel General de la Brigada Paracaidista, así como al abono de las costas al letrado, con un importe máximo de 3.000 euros.