El Supremo ordena dictar nueva sentencia por el asesinato de 'El Mataviejas' y que se considere la atenuante de arrebato

Actualizado: lunes, 3 julio 2006 21:09

El Tribunal rechaza en cambio la petición de un nuevo juicio

SANTANDER, 3 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado la petición de uno de los condenados por el asesinato de 'El Mataviejas' en la cárcel de Topas para que se repitiera el juicio, pero ordena dictar una nueva sentencia en la que la Audiencia Provincial de Salamanca se pronuncie motivadamente sobre la atenuante muy cualificada de arrebato y obcecación.

El Supremo secunda así la misma tesis que ya defendió con anterioridad el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León cuando ordenó a la Audiencia salmantina dictar nueva sentencia en la que se evaluara la atenuante.

La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en diciembre de 2004 a Enrique Del Valle González y a Daniel Rodríguez Obelleiro a 13 años de prisión y a Felipe Martínez Gallego a cinco años por matar de 89 puñaladas, en el patio de la cárcel salmantina de Topas, a José Antonio Rodríguez Vega, apodado 'El Mataviejas', que cumplía condena por violar y asesinar a un elevado número de ancianas en Santander en los años 80.

Los tres recurrieron entonces ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, órgano que desestimó el recurso de Martínez Gallego (ahora fallecido) y tuvo en cambio en cuenta el de los otros dos acusados, para los cuales ordenó a la Audiencia dictar una nueva sentencia en la que se evaluara la atenuante muy cualificada de arrebato y obcecación.

Los condenados no quedaron conformes con aquel fallo y anunciaron que lo recurrirían, pero al final sólo Enrique del Valle González lo formalizó. Sin embargo, el Tribunal Supremo asegura ahora, en una sentencia hecha pública hoy, que "no ha lugar" para el recurso de casación y ratifica por tanto la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

PRUEBAS NO PRACTICADAS

Del Valle González reclamaba ante el Supremo un nuevo juicio para que se tuvieran en cuenta no sólo las atenuantes, sino también pruebas no practicadas en el proceso. Aseguraba que se le había denegado la práctica de diligencias de prueba documental, como la unión al sumario de unas declaraciones efectuadas a la prensa por el director del centro penitenciario, en las que, según su recurso, mantenía una versión de los hechos diferente a la sostenida en la causa.

El Tribunal rechaza este argumento porque entiende que no se pueden contrastar las declaraciones efectuadas en el juicio con otras realizadas fuera de la causa judicial.

Tampoco estima el argumento del procesado de que la intervención de los funcionarios podría haber facilitado directa o indirectamente la agresión, ya que, recuerda el Supremo, los vigilantes no fueron acusados en el juicio.

CONDENA INICIAL

La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en diciembre de 2004 a Del Valle González y Rodríguez Obelleiro a 13 años de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante analógica de alteración mental. A Martínez Gallego, fallecido el pasado mes de enero, le imponía 5 años de cárcel al considerarle cómplice del mismo delito, concurriendo las mismas circunstancias modificativas de la responsabilidad penal. Según la Audiencia Provincial de Salamanca, los tres condenados sufrían trastornos de la personalidad.

La resolución consideró probado que los tres acusados planearon asesinar a su víctima después de mantener una conversación con él en el patio de la cárcel. Los agresores se sintieron "molestos" por el "tono presuntuoso" de Rodríguez Vega, quien se encontraba "muy contento y esperanzado en salir pronto en libertad condicional y alcanzar cuantiosa fortuna divulgando sus memorias", narrando los crímenes por los que fue condenado.

Esa molestia, agrega la sentencia de la Audiencia salmantina, se convirtió posteriormente en "severa indignación" por parte de Del Valle González y de Rodríguez Obelleiro, quienes planearon asesinar el día siguiente a 'El Mataviejas'. Así, cuando al día siguiente volvieron al patio, los dos acusados comenzaron a charlar con su víctima y, al poco tiempo, se lanzaron contra él, agrediéndole con objetos punzantes de 25 centímetros de longitud.

89 PUÑALADAS

Los dos agresores alcanzaron con sus cuchilladas a Rodríguez Vega en la cabeza, cuello, brazos, pecho, espalda y tronco, "hasta sembrar todas esas partes del cuerpo con 89 puñaladas", falleciendo por pérdida de sangre de sus órganos vitales. Mientras los otros dos le apuñalaban, el tercer agresor, Martínez Gallego, golpeaba con un "calcetín relleno con algo contundente" en la cabeza de su víctima. Los tres procesados se encontraban en un módulo de aislamiento de la cárcel para presos en primer grado de peligrosidad.

Un vigilante de la prisión que vio la agresión pidió ayuda a un compañero, aunque entre los dos no pudieron evitar el apuñalamiento, ya que los acusados les amenazaban con sus cuchillos y los funcionarios carecían del casco, el chaleco y las defensas de su equipo de protección.