El Supremo pospone su decisión sobre el embargo de las herriko tabernas por su vinculación con Batasuna

Actualizado: martes, 10 julio 2007 22:39


MADRID, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sala del 61 del Tribunal Supremo decidió esta tarde posponer a futuras reuniones su decisión sobre si ordena el embargo de las herriko tabernas del País Vasco y Navarra por su vinculación con Batasuna dentro del procedimiento que sigue para liquidar los bienes de la formación ilegalizada por la sentencia de 27 de marzo de 2003, informaron hoy fuentes del alto tribunal.

La complejidad del asunto que se debe determinar y la abultada documentación que deben examinar los 16 magistrados que componen la Sala Especial del alto tribunal les ha hecho posponer a otras reuniones su decisión, y ni siquiera han fijado fecha para la próxima, por lo que, ante la proximidad del mes de agosto, que es inhábil judicialmente, podrían retrasarla hasta septiembre.

Además, recientemente se ha producido un cambio de ponente del procedimiento de liquidación de Batasuna, al jubilarse el magistrado Joaquín Samper. En su lugar ha sido designado Aurelio Desdentado Bonete.

La Sala del 61 se reunió la semana pasada y acordó volverse a reunir hoy, después de que todos sus miembros, el presidente del Tribunal Supremo, Francisco José Hernando, los presidentes de cada una de sus cinco Salas y los magistrados más modernos y más antiguos de cada una de ellas, hubieran estudiado la documentación obrante en el procedimiento.

En abril Samper informó a sus compañeros del estado de las actuaciones y transmitió su inquietud ante el hecho de que los embargos pudiesen no haber sido renovados. Por ello, el Supremo pidió al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón que le informara del estado en el que se encontraban los embargos de 55 herriko tabernas decretados por el Juzgado Central de Instrucción número 5 en abril de 2002 en la causa en la que estudia la sumisión de Batasuna a ETA.

Garzón aseguró en un auto que estos establecimientos se encontraban bajo administración judicial y no se había alterado su titularidad ni la de sus bienes. No obstante, reconocía que las anotaciones registrales respectivas habían quedado sin efecto en abril de 2006, al cumplirse cuatro años de la adopción de la medida.

El pasado mes de enero, la Sala prevista en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) concedió quince días a los titulares de las herriko tabernas para que presentaran las alegaciones que consideraran oportunas sobre su vinculación con Batasuna.

Previamente los liquidadores encargados de inventariar el contenido de los locales habían presentado un informe en el que llegaban a la conclusión de que las herrikos y ciertas asociaciones culturales "pertenecerían en realidad, material y efectivamente, a la propia Batasuna".

A pesar de dicho informe, la Sala del 61 consideró que en ese momento procesal no podía afirmarse, "con efectos de prueba plena que el tribunal considere estrictamente acreditadas, con carácter apodíctico e incontrovertible, los hechos, datos y conclusiones que figuran en el informe de los liquidadores". Por ello, pidió informe a Fiscalía y Abogacía del Estado.

La Fiscalía respondió al requerimiento afirmando que aunque entre las herriko tabernas y Batasuna "existe una afinidad ideológica e, incluso, una identidad de pensamiento con todos y cada uno de los objetivos que han prestado su apoyo a ETA", no puede "inferirse la conclusión de que uno y otro son la misma cosa, al menos por el momento".

La Abogacía del Estado proponía el embargo "si quedara acreditado en el proceso que los bienes y derechos" de las herriko tabernas y las sociedades instrumentales investigadas por los liquidadores "pertenecen realmente a los partidos políticos disueltos judicialmente (HB-EH-Batasuna)".