El Supremo revisa el próximo miércoles al condena al asesino del abogado castellonense Carlos Reverter

Actualizado: domingo, 29 marzo 2009 13:18

MADRID, 29 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo revisará el próximo 1 de abril a puerta cerrada la sentencia dictada el pasado verano por la Audiencia Provincial de Castellón que condenó a D.J.C.H. a 31 años y seis meses del prisión por el secuestro y la muerte del abogado de Castellón Carlos Reverter en diciembre de 2005.

El recurso de casación ha sido interpuesto por el condenado contra la resolución de la Audiencia de Castellón, que le responsabiliza de los delitos de asesinato, detención ilegal, robo con violencia y atentado contra agente de la autoridad, y también le condena a una multa de 360 euros por una falta de lesiones. El ponente de la sentencia del alto tribunal será el magistrado Perfecto Andrés.

La sentencia absolvió a la que fuese novia del procesado en el momento de los hechos, V.G.O., del delito de encubrimiento imputado por la acusación particular y por la acusación popular y le condenó por un delito de receptación a un años de prisión.

La Audiencia de Castellón consideró como hecho probado que el 20 de diciembre de 2005 Carlos Reverter penetró en un garaje situado en la calle Herrero de Castellón, donde poseía una plaza de parking, y estacionó su vehículo. Posteriormente, fue abordado por el procesado, el cual golpeó a la víctima y le obligó a que se introdujera en el maletero de su propio vehículo.

El acusado se puso al volante e inició la marcha hacia las afueras de Castellón, hasta que llegó a la carretera de Alcora, se introdujo por un camino rural y detuvo el vehículo. Durante el trayecto, la víctima realizó diversas llamadas para informar de que había sido secuestrado.

El procesado, muy molesto por las llamadas y por hacer visto frustrado sus planes, con "gran violencia" pidió a Carlos Reverter que saliese del maletero, para lo que le golpeó en repetidas ocasiones y, una vez reducido, le propinó una "brutal" paliza con piedras. De las 120 lesiones ocasionadas, muchas de ellas le fueron producidas cuando el abogado se hallaba en estado comatoso pero consciente.

Tras la agresión, el procesado dejó a la víctima, que todavía respiraba, abandonada y se apoderó de una cadena de oro, un reloj de pulsera, un monedero, un teléfono móvil y un llavero, para abandonar posteriormente el lugar. El acusado fue localizado por una patrulla de la Policía Local que lo obligaron a detenerse, aunque salió del vehículo y se dio a la fuga tras lanzarse por un terraplén.

Sobre las 17.10 horas, un agricultor de la zona encontró el cuerpo de Carlos Reverter y avisó al 112. Una patrulla de la Guardia Civil se personó en el lugar y comprobó que la víctima continuaba con vida, por lo que fue atendida por una SAMU que la trasladó al Hospital General, donde falleció a las 19.18 horas como consecuencia de las lesiones que presentaba.

La procesada, que mantenía una relación de noviazgo con el acusado, le estuvo llamando durante el día 20 hasta que obtuvo respuesta a las 17.30 horas, y éste le manifestó que estaba perdido por el monte, que lo habían secuestrado a punta de pistola y que había matado al gitano de Burriana, pero no llamaron a la Policía.

Más tarde, el acusado llegó al lugar de trabajo de su novia con barro en la ropa, un ojo morado, dolor en las costillas y temblándole las piernas. Ambos se dirigieron a la vivienda del el mencionado individuo, que le regaló a la mujer el teléfono móvil de Carlos Reverter y donde permanecieron al menos tres días.

El procesado fue detenido el 27 de diciembre y fue trasladado a la Comisaría, donde, al sacarlo de su celda un agente para acompañarle al cuarto de baño, le propinó un puñetazo en la cara tratando de fugarse.

Desde las escaleras que conducían a una garita lanzó hierros y puntales al agente, lo que motivó que éste disparase al aire, aunque el acusado no desistió de su acción, por lo que realizó dos disparos intimidatorios y alcanzó al procesado. Como consecuencia de los hechos, el agente sufrió lesiones.

La sentencia también señala que el procesado es una persona de naturaleza violenta y agresiva, emocionalmente inestable, teatral, iracundo y fabulador, y aclara en los fundamentos de derecho que "no existe duda alguna en cuanto que el móvil del procesado era el robo", y "carecen de todo soporte las manifestaciones sobre un pretendido ajuste de cuentas, así como el supuesto encargo recibido por el procesado procedente de dos individuos que tenían secuestrado a su hermano gemelo, al cual matarían si no colaboraba con ellos para dar un escarmiento a la víctima".