El Supremo revoca la absolución de un hombre que introdujo hojas de coca pese a que no se acredita que dañen la salud

Tribunal Supremo
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 19 abril 2014 9:05

MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo, a instancias de la Fiscalía, ha condenado a seis meses de prisión a un ciudadano boliviano que fue detenido en el aeropuerto del Prat (Barcelona) en diciembre de 2011 portando en su maleta algo más de siete kilos de hojas de coca. Revoca la absolución dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona y le condena por tráfico de drogas pese a tratarse de una sustancia que "no causa grave daño a la salud".

El condenado, Carlos Ilmar C.P. transportaba en su equipaje 34 bolsas que contenían hojas de coca, un total de 7.450 gramos que según la sentencia de la Audiencia de Barcelona tenía una pureza del 0,4, además de 30 gramos de base de cocaína.

Fue absuelto al no quedar acreditado "que dichas hojas estuvieran destinadas a ser transmitidas a terceros a título lucrativo ni que su valor en el mercado clandestino fuera de 2.244 euros". La Fiscalía recurrió esta decisión.

LA DONACIÓN ES TRÁFICO

El fiscal recordaba en su recurso que la jurisprudencia es reiterada en el sentido de "incluir la donación entre los actos de tráfico", sin que pueda apreciar en este caso las circunstancias del "llamado consumo compartido", por lo que interesaba que se dictara sentencia condenatoria.

La resolución del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, considera que "no consta acreditado en la causa que las hojas de coca, consumidas en la forma tradicional, es decir, masticadas o en infusión, causen un grave daño a la salud".

No obstante, añade que en atención "al destino admitido en la sentencia como probado, que era en parte el propio consumo y en parte para los familiares", considera aplicable al caso el Código Penal e impone al viajero una pena de 6 meses de cárcel por tráfico de drogas.

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