El TC desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Junta contra los PGE de 2002

Actualizado: miércoles, 28 noviembre 2007 20:26

MADRID, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional ha decidido desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía contra el artículo 88 y las correspondientes partidas presupuestarias sobre los Fondos de Compensación Interterritorial (FCI) de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) del año 2002.

El fallo del Constitucional, al que tuvo acceso Europa Press, desestima apreciar una vulneración del principio de seguridad jurídica, como alegaba el recurso presentado por el Consejo de Gobierno andaluz, y también rechaza otras quejas referidas a la posible alteración de la base de cálculo para la dotación del FCI prevista en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

En este sentido, el fallo recuerda a la Junta que el FCI cumple con las normas que integran el bloque de la constitucionalidad, es decir, está dotado del correspondiente fondo, esta dotación tiene carácter anual y es, como mínimo, equivalente al 30 por 100 de la inversión pública prevista en los PGE.

El recurso planteado por Andalucía consideraba inicialmente que los artículos 84, 86 y 88 de los PGE para 2002 -finalmente únicamente se mantuvo la impugnación al último de ellos y a su correspondiente sección-- vulneraban otros artículos de la Constitución así como algunos del Estatuto de Autonomía de Andalucía y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

El recurso andaluz a aquellos presupuestos, que asignaban a la comunidad autónoma 270,39 millones de euros por el Fondo de Compensación y 90,13 millones más por el Fondo Complementario, se producía a los pocos meses de que el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y la entonces consejera de Economía y Hacienda, Magdalena Álvarez, hubieran suscrito un nuevo sistema de financiación autonómica.

Consideraba entonces el Ejecutivo de Chaves que "la asunción del nuevo sistema de financiación autonómica no implica la aceptación del reflejo presupuestario del anterior modelo" en los artículos recurridos de la Ley de los PGE para 2002, ya que, a su juicio, "se mantienen los fundamentos legales que han justificado desde 1997 la interposición de recursos de inconstitucionalidad contra las sucesivas leyes presupuestarias".