El TC rechaza suspender el acuerdo del Parlament que dejó a Iceta fuera del Senado pero seguirá estudiando su recurso

Publicado: miércoles, 26 junio 2019 13:54

Los magistrados explican que el sistema de votación imputado ya está "ejecutado" y sus efectos se han "agotado"

MADRID, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la petición del PSC de suspender cautelarmente el acuerdo de la Mesa del Parlament adoptado en mayo de 2019 por el que se decidió el sistema de votación que dejó al líder de los socialistas catalanes, Miquel Iceta, fuera del Senado. Los magistrados entienden que la decisión del Parlament ya se ha ejecutado.

El tribunal de garantías explica en un auto con fecha de la semana pasada que no puede aceptar una medida cautelar contra una decisión parlamentaria que ya ha sido "ejecutada plenamente" y cuyos efectos se han "agotado". Además, señala que el tribunal "no puede entrar a pronunciarse" sobre este asunto, ya que "supondría predeterminar la solución del recurso", que seguirá estudiándose.

El PSC presentó un recurso de amparo contra el veto del Parlament de Cataluña a designar a Miquel Iceta como senador autonómico, aunque puso el foco de dicho escrito en el mecanismo de votación utilizado para decidir si tenía que ser o no senador. Así, argumentaba que el sistema de aplicado --votación electrónica y secreta-- había producido un perjuicio irreparable por el efecto indirecto que tiene, ya que, según dice, está motivado por la situación de bloqueo que conlleva la designación de un senador.

Para los socialistas catalanes, un mecanismo de votación con papeletas hubiera impedido vetar la designación de Iceta como senador, ya que es un formato de votación que impide a los diputados emitir votos negativos.

Por ello, presentaron un recurso contra el acuerdo de la Mesa del Parlament de 16 de mayo de 2019, que desestimó la petición de reconsideración realizada por este grupo parlamentario en relación con el sistema de votación.

El tribunal de garantías admitió a trámite el pasado 21 de mayo dicho recurso al considerar que el fondo del asunto debe ser estudiado porque concurre una "especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal". Si bien, para analizar la solicitud cautelar planteada por el PSC se formó una pieza separada.