Tres vocales reprochan al CGPJ que no ampare a De Prada cuando tiene una pieza de 'Gürtel' pendiente de juzgar

Publicado: lunes, 26 octubre 2020 19:02

MADRID, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -

Tres vocales de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) critican en un voto particular la negativa de este órgano a conceder el amparo que le fue solicitado el pasado lunes por el magistrado de lo Penal de la Audiencia Nacional José Ricardo De Prada, a quien se atribuyen las frases más contundentes sobre la 'caja B' del PP en la sentencia del caso Gürtel que el Supremo ha matizado en casación.

Llaman la atención sobre el hecho de que este juez tenga pendiente juzgar aún una pieza del caso, relativa a la actividad de la trama en Boadilla del Monte, y de que las fuertes críticas vertidas contra él en varios medios de prensa traten de perturbar su independencia.

El juez acudió al órgano de gobierno de los jueces ante lo que considera una campaña en determinados medios de comunicación que le han convertido en "chivo expiatorio" sobre el que elaborar un "relato interesado" de la moción de censura que costó la Presidencia a Mariano Rajoy.

Según los vocales Álvaro Cuesta, Rafel Mozo y Pilar Sepúlveda, designados a propuesta del PSOE y a cuyo voto ha tenido acceso Europa Press, "las descalificaciones profesionales, inquietando y perturbando gravemente la independencia del magistrado solicitante de amparo se proyectan también en las distintas piezas separadas del proceso de origen pendientes de ser enjuiciadas y de aquellas de las que puede enjuiciar el tribunal del que forma parte", pues "el clima de angustia y perturbación ocasionado no es momentáneo y lógicamente se proyecta en el futuro".

Por ello consideran que la decisión de la mayoría de denegar la admisión a trámite de la solicitud de amparo, sin ni siquiera hacer una manifestación pública en defensa de De Prada o apelar a la necesidad de que por medios de comunicación muy concretos no se incurra en actitudes irrespetuosas, imprudentes y de desprestigio del Poder Judicial, "supone incurrir en el incumplimiento de la declaración institucional de 23 de enero de 2014 de este Consejo, de apoyo y protección de la independencia de todos los jueces y magistrados y en una interpretación errónea de la doctrina jurisprudencial".

En octubre de 2019, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó permitir a De Prada formar perm parte del tribunal que juzgará las actividades de la trama Gürtel en Boadilla del Monte (Madrid), al estimar sus ideas políticas no arrojan dudas sobre su imparcialidad en el procedimiento, al tiempo que subraya que tras su participación en otro juicio de esta macrocausa no está contaminado porque versan sobre hechos diferentes.

De este modo, La Audiencia Nacional descartó admitir los incidentes de recusación presentados por el PP y el que fuera 'número dos' de la Gürtel, Pablo Crespo, a diferencia de lo decidido con respecto al juicio sobre la presunta 'caja B' del PP, del que el magistrado sí ha sido apartado al haberse pronunciado ya sobre esta contabilidad opaca en la sentencia de la primera época de la trama.

NO VEN SIMPLES CRÍTICAS

Los tres vocales que apoyaron a De Prada en la Comisión Permanente del pasado jueves señalan también en su voto que no pueden que las diversas noticias y editoriales de los tres medios de comunicación de ámbito nacional" resulten unas simples críticas discrepantes" con la actuación del magistrado, como se argumenta en el acuerdo denegatorio del amparo.

Para estos miembros del Consejo, se trata de unas expresiones "excesivas y desproporcionadas que traspasan los límites de la Libertad de expresión y de la legítima crítica de las resoluciones judiciales, al tiempo que menoscaban la dignidad y consideración profesional del magistrado, conculcando su independencia judicial y socavando la confianza social en la justicia".

La inadmisión del amparo se produjo, según informó el propio CGPJ, porque una mayoría de la permanente considera que en su petición no se reúnen los requisitos que, según reiterada doctrina del Tribunal Supremo, determinan la existencia de un ataque o perturbación de la independencia judicial.

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