El Tribunal de Estrasburgo dictará sentencia sobre la demanda de Batasuna en cuestión de "meses"

Actualizado: viernes, 14 diciembre 2007 19:13

ESTRASBURGO, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) dictaminará sobre si la ilegalización de Batasuna vulneró la libertad de expresión y asociación en cuestión de "meses" y, en el peor de los casos, en un plazo que no superará el año. La admisión a trámite del recurso de la formación abertzale, que se hizo pública este jueves, no prejuzga la sentencia final, según explicaron fuentes de este órgano judicial.

Resulta imposible determinar en qué plazo exacto se pronunciará el Tribunal porque depende de cada caso y puede ir desde pocos meses a medio año o un año, según explicaron las mismas fuentes. Como la toma de decisiones se realiza "en privado", sólo se sabe que se ha tomado una decisión cuando el órgano judicial anuncia la fecha de su publicación.

Una vez admitido a trámite parcialmente el recurso de Batasuna, el Tribunal de Estrasburgo tiene un amplio margen de discreción para actuar. Durante las próximas semanas deberá decidir si pide o no a las partes (en este caso la formación abertzale y el Gobierno) que envíen nuevas observaciones suplementarias o pruebas escritas. También puede concluir que ya tiene elementos suficientes para pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.

La tercera de las posibilidades es que el Tribunal de Derechos Humanos decida convocar a las partes a una vista oral, aunque ello es poco frecuente, según las fuentes consultadas. Además, el presidente de la Sala que examine el caso puede invitar o autorizar a todo Estado que no sea parte en el proceso o a toda persona interesada distinta del demandante a presentar observaciones por escrito.

Fuentes jurídicas señalaron por otra parte a Europa Press que, antes de que se produzca esta resolución cabe la posibilidad de que el Estado contra el que se dirige la demanda pueda realizar alegaciones que amplíen las que se formalizaran antes de la admisión a trámite del recurso. Para la formulación de estas alegaciones, cuya presentación no es de obligado cumplimiento, existe un plazo de dos meses.

La sentencia se decide por mayoría de votos en la Sala, formada por siete jueces. Todo juez que haya tomado parte en el examen del asunto puede añadir a la sentencia su opinión particular -concordante o disidente- o bien una simple declaración de disconformidad.

El Tribunal de Estrasburgo admitió este jueves parcialmente el recurso de Batasuna contra su ilegalización en aplicación de la Ley de Partidos. En concreto, la decisión considera admisibles los argumentos presentados por Batasuna -y también por Herri Batasuna, que se sumó al recurso- de que su ilegalización podría atentar contra la libertad de expresión y la libertad de asociación y reunión, consagradas en los artículos 10 y 11 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

"El Tribunal estima, a la luz del conjunto de los argumentos de las partes, que estas quejas plantean cuestiones serias de hecho y de derecho que no pueden resolverse en este estadio pero que necesitan un examen a fondo", señala la decisión.

En cambio, Estrasburgo rechaza tomar en consideración el argumento de la formación abertzale de que se le denegó el derecho a un recurso de amparo efectivo contra la ilegalización ante la justicia nacional, algo que está consagrado en el artículo 13 de la citada Convención.

"Por lo que se refiere a la ausencia de eficacia del recurso de amparo, el Tribunal constata que los partidos demandantes se limitan a mostrar su desacuerdo con el control jurisdiccional ejercido por la más alta jurisdicción, ante la cual han podido presentar los argumentos que han estimado útiles para su defensa. En este sentido, recuerda que la eficacia de un recurso no depende de la certidumbre de un resultado favorable", señala la decisión.