Tribunales.- Absuelto de un delito de agresión sexual un reincidente a pesar de "falta de honestidad" en su declaración

Actualizado: martes, 3 marzo 2009 20:50

El acusado, aunque absuelto, tendrá la obligación de comparecer los día 1 y 15 de cada mes ante el Juzgado del lugar de su residencia

TOLEDO, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Toledo ha absuelto a un hombre --que había sido condenado anteriormente hasta en tres ocasiones por delitos de violación y agresión sexual-- por un nuevo delito de agresión sexual ya que el Tribunal alberga una duda razonable sobre la realidad del hecho imputado, a pesar de reconocer la "falta de honestidad" que el acusado exhibió en su declaración y su evidente "peligrosidad social".

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal absuelve a este hombre porque no tiene "la convicción rayana en la certeza" de que sea culpable, aunque también reconoce, por otro lado, el "indicio significativo que representa su historial delictivo".

En él se pone de manifiesto --aclara la sentencia-- "que nos hallamos en presencia de un delincuente reincidente condenado por múltiples delitos de robo, perpetrados con y sin violencia en las personas y por diferentes delitos que evidencian su peligrosidad social", a lo que hay que añadir su dependencia al alcohol.

El Tribunal recuerda, además, que no pudieron hallarse vestigios biológicos o señales en el cuerpo de la víctima que, por sus características pudieran corroborar la consumación de una penetración vaginal o bucal, pese a realizarse la exploración el mismo día en que presuntamente ocurrieron los hechos.

Además, las muestra tomadas arrojaron un resultado negativo, no detectándose restos de esperma y la inspección ocular del cuchillo con el que el acusado amenazó presuntamente a la víctima no arrojaron suficiente valor identificativo.

También llamó la atención del Tribunal la ausencia de ratificación del relato inicial por parte de la víctima, ya que al ser preguntada concretamente por la penetración vaginal expuso que no recordaba si la hubo o no, situación que generó "inquietud" en el Tribunal porque "no es corriente que surjan las dudas en relación con un extremo tan delicado como el que atañe" a ese episodio que, paradójicamente, la víctima describió con "absoluta precisión" cuando prestó declaración en octubre de 2007.

Los hechos juzgados, por los que el Fiscal solicitaba 15 años de prisión y la prohibición de acercarse a la perjudicada en 500 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio, por un plazo de cinco años, ocurrieron sobre las 17.00 horas del día 2 de octubre de 2007.

El acusado, aunque ha resultado absuelto, tendrá la obligación de comparecer los día 1 y 15 de cada mes ante el Juzgado del lugar de su residencia.