El TS rebaja a 5 años la pena a una mujer por matar a su pareja, porque actuó presa de angustia por los golpes recibidos

Actualizado: domingo, 18 marzo 2007 13:01

MADRID, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha rebajado de siete años y medio a cinco la condena impuesta a una mujer por matar de una cuchillada a su pareja de hecho, al entender que debía aplicársele la atenuante muy cualificada de arrebato porque "actuó presa de angustia e ira por los golpes que acababa de recibir mientras tenía a su hija en brazos, lo que motivó que tuviera notablemente disminuida su capacidad de conocer el alcance de sus actos".

El tribunal con jurado había condenado a cinco años de cárcel a la mujer por un delito de homicidio con la agravante de parentesco y las atenuantes de confesión del hecho y la muy cualificada de arrebato. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid elevó su condena a siete años y medio al quitarle la condición de muy cuaficada a la atenuante de arrebato, pero sin explicar por qué llegaba a esta conclusión.

En este sentido, el Supremo explica que la prueba pericial es un auxilio al tribunal porque le aporta unos conocimientos técnicos que permiten valorar más correctamente los hechos, y el informe pericial psiquiátrico realizado a la mujer afirmaba que la perturbación anímica que sufrió fue profunda.

El 23 de julio de 2003, la condenada se dirigió a la cocina de su domicilio en Pozuelo de Alarcón (Madrid) y cogió un cuchillo de unos diez centímetros de hoja de sierra que clavó en el tórax a su pareja, con la que tenía dos hijas.

Inmediatamente acudió a sus vecinos en urgente demanda de toda ayuda que pudieran prestarle para auxiliar al herido, aunque él ya había muerto, porque el cuchillo le perforó el corazón.

A estos hechos la sentencia añade que "la acusada actuó presa de angustia y de ira por los golpes que acababa de recibir mientras tenía a su hija en brazos, lo que motivó que tuviera notablemente disminuida su capacidad de conocer el alcance de sus actos y controlar los mismos". La sentencia también condena a la mujer a indemnizar con 180.000 euros a cada una de sus hijas y con 80.000 al de su pareja.