El TS recuerda a líderes del 'procés' que tener objetivo político no excluye poder cometer delitos para lograrlo

Junqueras y Puigdemont hablan en el Parlament
REUTERS - Archivo
Actualizado: lunes, 24 septiembre 2018 17:14

La Sala del 61 argumenta que la recusaciones buscaban "dañar la honorabilidad" de la justicia española

MADRID, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala del 61 del Tribunal Supremo -que fue la que rechazó el pasado 5 de septiembre apartar de la causa a los cinco magistrados designados para juzgar el 'procés' independentista en Cataluña- argumenta entre los motivos para rechazar las recusaciones que el hecho de que "alguien busque un objetivo político, como es la secesión de Cataluña, no excluye que pueda cometer delitos graves para alcanzar tal fin".

En el auto de 20 páginas que ha dado a conocer este lunes la Sala especial recuerda a los procesados, que alegaron falta de imparcialidad en los magistrados que van a juzgarles, que en otros órganos judiciales europeos como es el Tribunal de Estrasburgo (TEDH) los magistrados "propuestos y elegidos por políticos en activo", sin que nadie sospeche de su imparcialidad.

Se refiere el Supremo concretamente al artículo 22 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que regula la designación del TEDH y dispone que sus magistrados sean elegidos por la Asamblea Parlamentaria de entre una lista de tres candidatos. "En pocas palabras, son propuestos y elegidos por políticos en activo -ni siquiera por un órgano que, como el Consejo General del Poder Judicial, es a su vez elegido en sede política- sin que nadie piense que por esa razón queda en entredicho su imparcialidad".

La Sala especial añade que las recusaciones sólo buscaban "empañar la honorabilidad de la justicia española y que "el conocimiento general de hechos que que tienen un vital interés para el conjunto de la sociedad no puede implicar que quepa recusar a los jueces y magistrados simplemente por conocer esos hechos: nadie mínimamente informado los ignora".

Tres de los incidentes, los presentados por el expresidente Carles Puigemont y sus exconsejeros también fugados Luis Puig y Clara Ponsatí fueron inadmitidos de plano en consonancia con lo defendido en su informe por la Fiscalía, ya que los jueces que pretendían que se apartaran no serán en todo caso los que les juzguen si regresan a España y son encausados.

Las otros ocho recusaciones -presentadas por todos investigados en prisión con excepción de Joaquim Forn- fueron rechazadas de forma fundamentada el auto de este lunes.

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