El TS revisa hoy sentencia que absolvió al ex director de de Caja Alcoy por la quiebra fraudulenta del banco

Actualizado: martes, 10 marzo 2009 8:40

MADRID, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo deliberará hoy a puerta cerrada sobre recurso interpuesto por la Fiscalía contra la absolución, en marzo de 2007, del ex director de la sucursal de Caja Alcoy en la localidad alicantina del mismo nombre, Jesús Lidiano Llopis Jordá, que fue juzgado por la quiebra fraudulenta de esta caja de crédito. La quiebra afectó a más de 1.500 clientes de la Caja por un montante cercano a los 2,7 millones de euros.

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante condenó al padre de Jesús Lidiano - el que fuera director general de la Caja de Crédito de Alcoy, Jesús Lidiano LLopis Ferrer- a tres años, once meses y 29 días de prisión y a la subdirectora general de la entidad, Mercedes Llopis Ceres, a dos años, once meses y 29 días de prisión, como responsables de un delito de insolvencia concursa punible con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

Según la sentencia, y en concepto de responsabilidad civil, ambos fueron condenados a indemnizar a la masa de acreedores en una cantidad todavía por determinar, puesto que todavía quedan bienes por liquidar.

La cantidad "se obtendrá de restar al total de los créditos reconocidos, 3.770.828 euros, los bienes ya liquidados y el valor de mercado, según tasación pericial, de los que todavía no se han liquidado. En cualquier caso, la suma no superará los 2.885.371 euros, que es la mayor suma demandada por las acusaciones.

Además, Jesús fue condenado a pagar una multa de 2.874 euros y Mercedes de 2.154 euros. Ambos quedaron inhabilitados para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con las entidades de crédito durante el tiempo de sus condenas. Fueron absueltos del delito de apropiación indebida.

La sentencia de la Audiencia de Alicante argumentó que la crisis económica y la insolvencia fue provocada "por la práctica comercial y bancaria de los órganos de la Caja de Alcoy, que concedieron préstamos y créditos con insuficientes garantías y concentraron riesgos en grupos familiares o empresariales, renovaron créditos de personas que no habían pagado los anteriores y no ejercitaron en muchas ocasiones acciones judiciales para el cobro de impagados".

De esta forma, ciertas operaciones de activo "evidentemente agravaron la ya crítica situación de la caja, pues sacaron de su patrimonio elementos valiosos, dinero, a cambio de créditos jurídicamente válidos pero escasamente valiosos desde el punto de vista económico, pues sus posibilidades de cobro eran escasas".

Así, el tribunal consideró probado que "los órganos de administración de Caja Alcoy realizaron actos que dieron lugar a una crisis económica cada vez más grave y a la insolvencia de la entidad".