El TS revisa este martes la condena de 12 años de cárcel impuesta al agente del CNI Roberto Flórez por traición

Actualizado: martes, 30 noviembre 2010 8:08

MADRID, 30 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo celebrará una vista este martes para estudiar el recurso presentado por el ex agente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Roberto Flórez contra la condena a 12 años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Madrid el pasado mes de febrero por un delito de traición. Se le encontró culpable de revelar a Rusia entre 2001 y 2004 identidades de agentes e información sobre el CESID a cambio de 200.000 dólares.

El juicio celebrado contra Flórez fue el primero que en España sentó en el banquillo y condenó a alguien por la infracción penal de traición, recogida en el artículo 584 del Código Penal. El único antecedente similar se encuentra en el caso del ex coronel Juan Alberto Perote por las escuchas del CESID, en el que se le juzgó por un delito de utilización de artificios técnicos de escucha y grabación del sonido.

La Audiencia Provincial justificó la condena en que en el caso juzgado se acreditaron los elementos que configuran el delito de traición, puesto que "un nacional español se procuró información legalmente clasificada como secreta y susceptible de perjudicar la seguridad nacional y lo hizo al margen de los cauces permitidos y con la finalidad de favorecer a una potencia extranjera".

"El procesado no sólo estaba en posesión de información clasificada del CNI cuando se llevaron a cabo los registros domiciliarios, sino además que se la había procurado de forma indebida y no autorizada", según recogía la sentencia de la Audiencia de Madrid, que añadía que lo hizo "de una manera no natural, al no estar vinculada a las funciones que tenía encomendadas".

ALEGÓ UNAS PRÁCTICAS

Durante el proceso, Flórez argumentó que las dos cartas de ofrecimiento a los servicios de inteligencia rusos que se le incautaron en su domicilio formaban parte de un supuesto práctico que incluyó como anexo en una monografía encargada en 2001 por sus superiores para evidenciar las deficiencias del CESID.

Según la sentencia, el juicio demostró que lo que se le había encomendado era una monografía sobre cómo obtener colaboradores sin que quien lo hiciera se identificara como agente de un servicio de inteligencia. "El supuesto práctico que dijo pretendió realizar no estaba relacionado con esa materia, tal y confirmaron los diferentes testigos", destaca la Sala.

En la resolución sometida ahora a revisión, el tribunal madrileño recordaba que la información sobre los miembros del CNI o sobre su organigrama es secreta conforme a la Ley de Secretos Oficiales y el acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986.

El propio procesado reconoció en la vista oral que el listado de los miembros en activo del centro que fotocopió y luego mecanografió tenía clasificación de reservado, al igual que lo era el organigrama de la estructura interna del centro que elaboró a través del documento de listado de claves.

HECHOS PROBADOS

En los hechos acreditados, la sentencia considera probado que Flórez, durante el tiempo que prestó servicio al CNI desde el 20 de marzo de 1991 hasta el 25 de marzo de 2004, se fue apoderando de numerosa documentación perteneciente al CNI, tratándose de información legalmente clasificada como secreta, con "la intención de ofrecérsela a los servicios secretos de Rusia".

Además de apoderarse de documentación e información, el procesado se la ofreció a los servicios secretos de Rusia mediante dos cartas de ofrecimiento, poniendo "en grave peligro la Seguridad y Defensa Nacional" para beneficiarse económicamente. Las cartas estaban dirigidas al 'Sr. Melnikov', habiendo sido certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, que fue consejero de la Embajada de Rusia en España entre el 28 de agosto de 2000 y el 3 de octubre de 2003.

En la carta, ofrecía información sobre "quién es quién" en el CNI; su estructura y organización; procedimientos de trabajo contra Rusia y países terceros; y sobre los intereses y temores de España, entre otros aspectos. Además, se ofrecía a facilitar la penetración de agentes del servicio de Rusia en el CNI.

En una segunda misiva, el acusado exponía que una de las razonas por las que remitía esta segunda comunicación era "la conveniencia de mejorar la seguridad y disminuir la vulnerabilidad del sistema de comunicación" que sugirió en la primera carta. "Además, la información más importante a la que tengo acceso tendría para ustedes de un gran interés estratégico", añadía.