El TSJA confirma la condena de un británico por matar en Málaga a un amigo de su padre con el que convivía

Actualizado: martes, 23 septiembre 2008 18:06

MÁLAGA, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga en la que condenaba a un británico a 12 años y medio de prisión y a pagar 150.000 euros por matar de un golpe y de 13 puñaladas a un amigo de su padre con el que convivía en Torremolinos (Málaga), tras lo que ocultó el cadáver en una habitación de la vivienda durante varios días.

De esta forma, el alto tribunal andaluz desestima íntegramente, en una resolución a la que tuvo acceso Europa Press, el recurso de apelación de la defensa del acusado contra dicha sentencia, dictada el pasado mes de mayo después de que un jurado popular declarara por unanimidad al hombre, condenado en su país a cadena perpetua por un delito de lesiones y tráfico de armas, culpable de un delito de homicidio.

Los hechos sucedieron a principios de mayo de 2006, cuando el acusado, que utilizaba otro nombre, vivía en una casa de los Álamos alquilada por un amigo de su padre, tras haber venido de Tailandia. Un día, cuando la víctima estaba en el despacho, se dirigió a él y le golpeó en la cabeza con un objeto contundente, asestándole, además, 13 puñaladas, lo que causó la muerte del hombre.

El acusado quiso esconder el cadáver, para lo que ocultó la puerta del despacho con toallas, colchones, un somier y varias almohadas; además de que limpió la sangre que había en el pasillo y continuó viviendo en la casa dos días más, aunque el cuerpo no fue descubierto hasta el 24 de mayo. El procesado negó haber matado a su compañero, aunque reconoció que escondió el cuerpo, asegurando que cuando llegó había dos hombres que le golpearon también a él.

En su resolución, el TSJA argumenta su rechazo al recurso de la defensa en que los indicios por los que se condenó al británico tiene "fuerza suficiente para servir de base" a dicha condena, además de precisar que el jurado "no creyó las explicaciones, carentes de prueba, que sobre los hechos ofreció el acusado".

Tanto los jurados como el presidente del Tribunal que dictó la primera sentencia se basaron para su condena en que el acusado tenía libre acceso a la casa, cuya entrada no estaba forzada; además, de que reconoció su presencia en el lugar y momento, no avisó a la Policía, limpió la casa y ocultó huellas; y no hay datos que corroboren la presencia de terceras personas.