El TSJA confirma la pena de 8 años para un joven acusado de matar a otro a puñaladas

Actualizado: miércoles, 25 enero 2006 19:57

GRANADA, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, TSJA, ha confirmado la pena de ocho años de prisión para un joven acusado de matar a otro a puñaladas el 8 de abril de 2004 en la puerta de un pub de la zona de Oliveros en la capital almeriense, al desestimar el recurso interpuesto por la acusación particular contra la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia provincial de Almería.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso hoy Europa Press, el recurso planteado, que tenía un único motivo de apelación --una aplicación indebida del apartado sexto del artículo 21 del Código Penal, por no haber apreciado la existencia de una atenuante analógica-- ha sido desestimado al considerar que el acusado pese a que no confesó antes de conocer que la investigación se dirigía contra él, las "dudas que subsisten sobre la mayor o menor utilidad objetiva de ésta han de interpretarse en favor del reo".

Tanto es así que, según entendió el Tribunal, la confesión además de resultar "útil en términos de aporte de pruebas para la condena", el acusado mostró una actitud de colaboración "especialmente destacada" por quienes intervinieron en la investigación.

Así, el joven no obstaculizó la investigación y prestó la máxima colaboración, lo que conecta con el fundamento cuarto del artículo 21 de Código Penal y permite aplicar, según recoge la sentencia, la 'eadem ratio decidendi' propia del procedimiento analógico.

Por ello, el TSJA confirma la sentencia dictada por la Audiencia provincial de Almería, con tribunal del Jurado, en la que se declaró probado que sobre las 05.00 horas del 8 de abril de 2004, en la puerta de un pub de la zona de Oliveros, se inició una discusión entre el acusado, E.V.R., y otro joven, M.L.S., cuando el condenado sacó un machete de 21,5 centímetros de hoja con el que asestó intencionadamente varias puñaladas al otro joven que le produjeron varias heridas muy graves.

Concretamente, sufrió una herida en el cráneo, otra en la ceja, una tercera en el costado izquierdo que llegó a afectar al riñón, otra herida en una pierna y otra en el pecho que le produjo la muerte.

El jurado tuvo en cuenta como atenuante que el acusado se encontraba en el momento de los hechos bajo los efectos de las drogas y el alcohol que había estado consumiendo toda la noche, hasta el extremo de tener "levemente disminuidas sus facultades de inteligencia y voluntad", y el hecho de que, una vez en Comisaría, reconoció "espontáneamente" los hechos, facilitando el lugar donde se encontraba el machete.

Además de a la pena de prisión, E.V.R. debe pagar una indemnización de 160.000 euros.