El TSJN reconoce el derecho de una víctima de ETA a recibir la Medalla de Sufrimientos por la Patria

Actualizado: jueves, 22 noviembre 2007 18:28

PAMPLONA, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha reconocido el derecho de un militar víctima de un atentado terrorista de ETA a que se le conceda la Medalla de Sufrimientos por la Patria y la pensión inherente a ésta.

La víctima había recurrido ante el TSJN una resolución del Ministerio de Defensa que desestimaba el recurso en el que el funcionario solicitaba este reconocimiento, como consecuencia de un atentado que sufrió en 1985 y tras el cual sufrió importantes secuelas psicológicas, causando baja en el servicio.

En enero de 2005 pasó a la situación de retirado por pérdida de condiciones psicofísicas a consecuencia de acto de servicio, según resolvió el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 6. Así, al año siguiente, la víctima solicitó que le fuera concedida la Medalla de Sufrimientos por la Patria.

En el momento en que sucedió el atentado, la normativa que regulaba la concesión de la medalla se basaba en un decreto de 1975, que fue derogado por otro decreto en el año 2003.

La Sala de lo Contencioso Administrativo resuelve que la concesión del reconocimiento se debe hacer en función de la normativa vigente en el momento en que se produjo el atentado, es decir, en función del decreto de 1975, donde "sí tenía cabida la concesión de la medalla y pensión solicitada".