Vascas.- El plazo para solicitar el voto por correo concluye el 19 de febrero

Actualizado: jueves, 12 febrero 2009 12:56

BILBAO, 12 Feb. (EUROPA PRESS) -

El plazo para que los residentes en la Comunidad Autónoma Vasca puedan solicitar el voto por correo concluye el próximo 19 de febrero, según recordaron hoy fuentes del Departamento vasco de Interior.

Esta modalidad de sufragio está reservada a aquellas personas que prevén estar ausentes de la localidad en la que están censadas en la fecha de los comicios y a aquellas otras que, por enfermedad o incapacidad física, no pueden personarse en el lugar de votación.

Los electores interesados en votar por correo deben solicitarlo en cualquier Oficina de Correos del Estado, y el 25 de febrero terminará el plazo para que las personas electoras puedan enviar, por correo certificado y gratuito, la papeleta elegida a la Mesa Electoral que les corresponda.

Los interesados que aún no hayan gestionado el voto por correo para participar en los comicios autonómicos vascos del próximo 1 de marzo tienen tiempo para hacerlo hasta el 19 de febrero. El primer paso para poder emitir el voto de esta forma no presencial es rellenar el impreso de solicitud que se encuentra en todas las Oficinas de Correos del Estado. El plazo se inició el 6 de enero, de acuerdo con el calendario electoral editado por la Dirección de Procesos Electorales y Documentación del Departamento de Interior del Gobierno Vasco.

Pueden votar por correo ordinario las personas electoras, residentes en el País Vasco, que prevean estar ausentes el 1 de marzo, de la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto y también quienes, por enfermedad o incapacidad física, no puedan acudir al lugar de la votación.

Las personas electoras interesadas todavía en enviar su papeleta por correo deben realizar la solicitud personalmente en cualquier Oficina de Correos del Estado, donde tendrán que cumplimentar el impreso de petición.

ENFERMEDAD O INCAPACIDAD

En los casos de enfermedad o incapacidad física --circunstancias que se deberán acreditar mediante certificación médica oficial-- la solicitud puede ser efectuada en nombre de la persona electora por otra persona autorizada notarial o consularmente.

Una vez cumplimentada y firmada la solicitud deberá entregarse en una Oficina de Correos. El funcionario o funcionaria encargada de recibirla exigirá al elector el DNI y comprobará la coincidencia de la firma.

Posteriormente, la correspondiente delegación de la Oficina del Censo Electoral enviará al domicilio indicado por el elector o electora hasta el día 22 de febrero, inclusive, por correo certificado, el certificado de inscripción en el Censo Electoral, un sobre dirigido a la Presidencia de la Mesa Electoral donde le corresponde votar, otro con el membrete "Eusko Legebiltzarrerako Hauteskundeak 2009 Elecciones al Parlamento Vasco", para introducir la papeleta, la papeleta de cada una de las candidaturas proclamadas y una hoja de instrucciones.

Con esta documentación en su poder, el elector deberá elegir la papeleta de la candidatura a la que desea apoyar, y tendrá que introducirla en el sobre de votación con el lema "Eusko Legebiltzarrerako Hauteskundeak 2009 Elecciones al Parlamento Vasco", que después cerrará.

Por último, en el sobre dirigido a la Presidencia de la Mesa Electoral, deberá incluir el certificado de inscripción en el Censo Electoral y el sobre de votación con la papeleta elegida. Este envío no necesita franqueo, pero tendrá que ser enviado por correo certificado gratuito y urgente. El último día para depositarlo en cualquier oficina de Correos es el 25 de febrero.

Según los datos de la Oficina del Censo Electoral, en las pasadas Elecciones Autonómicas de 2005, solicitaron votar por correo un total de 49.864 personas. De ellas, 6.339 lo hicieron en Araba, 29.252 en Bizkaia y 14.273 en Gipuzkoa.

RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Por otra parte, las personas nacidas en cualquier municipio de la Comunidad Vasca, y sus descendientes, que viven en otro país y están inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA), podrán ejercer su derecho a votar por correo desde su lugar de residencia, mediante el envío de la documentación para votar por correspondencia que realiza la oficina del Censo Electoral a partir del día 13 de febrero, debido a la impugnación de las candidaturas de Democracia 3 Milioi y Askatasuna.

Un total de 43.712 personas (3.476 en Araba, 23.371 en Bizkaia y 16.865 en Gipuzkoa) residentes en el extranjero, podrán votar en las próximas elecciones del 1 de marzo.